CÓDIGO ORGÁNICO ADMINISTRATIVO. - Derecho Ecuador
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CÓDIGO ORGÁNICO ADMINISTRATIVO.

CÓDIGO ORGÁNICO ADMINISTRATIVO

Ley 0
Registro Oficial Suplemento 31 de 07-jul.-2017
Ultima modificación: 31-dic.-2019
Estado: Reformado

ASAMBLEA NACIONAL REPÚBLICA DEL ECUADOR

Oficio No. SAN 2017-0403
Quito, 03 de julio del 2017

Ingeniero

Hugo del Pozo Barrezueta
Director Del Registro Oficial
En su despacho.-

De mis consideraciones:

La Asamblea Nacional, de conformidad con las atribuciones que le confiere la Constitución de la República del Ecuador y la Ley Orgánica de la Función Legislativa, discutió y aprobó el PROYECTO DE CÓDIGO ORGÁNICO ADMINISTRATIVO COA.

En sesión de 20 de junio de 2017, el Pleno de la Asamblea Nacional conoció y se pronunció sobre la objeción parcial presentada por el señor ex Presidente Constitucional de la República.

Por lo expuesto, y, tal como dispone el artículo 138 de la Constitución de la República del Ecuador y al Artículo 64 de la Ley Orgánica de la Función Legislativa, acompaño el texto del CÓDIGO ORGÁNICO ADMINISTRATIVO COA, para que se sirva publicarlo en el Registro Oficial.

Atentamente,

f.) DRA. LIBIA RIVAS ORDÓÑEZ
Secretaria General

ASAMBLEA NACIONAL REPÚBLICA DEL ECUADOR
CERTIFICACIÓN

En mi calidad de Secretaria General de la Asamblea Nacional, me permito CERTIFICAR que la Asamblea Nacional discutió el “PROYECTO DE CÓDIGO ORGÁNICO ADMINISTRATIVO COA”, en primer debate el 25 y 30 de agosto de 2016; y, se discutió en segundo debate el 5 y 19 de enero; se aprobó el 10 de mayo de 2017; y, se pronunció cobre la objeción parcial del ex Presidente Constitucional de la República el 20 de junio de 2017.

Quito, 3 de julio de 2017
f.) DRA. LIBIA RIVAS ORDÓÑEZ
Secretaria General
REPÚBLICA DEL ECUADOR ASAMBLEA NACIONAL

EL PLENO

Considerando

Que, el artículo 1 de la Constitución de la República del Ecuador consagra al Estado como constitucional de derechos y justicia, por lo que es necesario realizar cambios normativos que respondan a su espíritu;

Que, la administración pública constituye un servicio a la colectividad y se rige por los principios proclamados expresamente en el artículo 227 de la Constitución de la República del Ecuador;

Que, el ejercicio de la función administrativa exige coordinar acciones para el cumplimiento de los fines de las instituciones del Estado sus organismos y dependencias para hacer efectivo el goce y ejercicio de los derechos reconocidos en la Constitución de la República de acuerdo con el artículo 226;

Que, la profesionalización del servicio público, garantizada en el artículo 234 de la Constitución, a través de la formación y capacitación continua, requiere instrumentos simplificados y de fácil aplicación;

Que, es necesario simplificar los trámites que deben efectuar los ciudadanos ante las administraciones públicas con el fin de desarrollar actividades productivas y tornar eficientes los mismos; y,

En ejercicio de las atribuciones que le confieren el numeral 6 del artículo 120 de la Constitución de la República y el numeral 6 del artículo 9 de la Ley Orgánica de la Función Legislativa, expide el siguiente:

Código Orgánico Administrativo COA

LIBRO PRELIMINAR NORMAS RECTORAS

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