Con vigencia
del COIP hurto fue penado como infracción

El hurto, cuando no supera el 50% del salario básico
unificado, está tipificado como una contravención en el nuevo Código Orgánico
Integral Penal (COIP) y tiene una pena de 15 a 30 días de prisión.

Esa fue una de las novedades que se registraron el
pasado lunes en la Unidad de Flagrancias de Quito, adonde fue llevado un joven
de 19 años que la tarde del domingo fue sorprendido sustrayéndose ropa y
cosméticos de un local comercial.

La fiscal de este caso explicó a la jueza de
Flagrancias, Elena Herrera, que al infractor se le encontraron objetos
valorados en unos $ 70, por lo que le pidió que se inhibiera de conocer el caso
acogiéndose al artículo 209 de la nueva norma.

Tras revisar el procedimiento, Herrera reconoció que
no era competente para resolver el caso y lo transfirió al juzgado Tercero de
Contravenciones.

Tampoco ordenó la libertad del sospechoso, aduciendo
que desde ese momento todas las resoluciones eran potestad del nuevo tribunal
asignado.

Hasta el mediodía del pasado lunes en la Unidad de
Flagrancias, ubicada en el norte de la ciudad de Quito, se habían despachado
doce audiencias, tres de ellas por accidentes de tránsito, desde que entró en
vigencia el nuevo Código Penal, el domingo pasado.

Este contenido ha sido publicado
originalmente por
Diario El Universo en la edición del
13 de agosto de 2014