Costos
adicionales al IVA

El precio de venta de un bien o de prestación de un
servicio, debe incluir impuestos, tasas por servicios y demás gastos o costos
legalmente imputables al precio del bien transferido o del servicio prestado.

Cuando para la transferencia de un bien o prestación de
un servicio gravado con tarifa 12% de IVA, se incurra en la adquisición de
bienes o se requiera la contratación de servicios gravados con tarifa 0% ,el
pago por la adquisición de dichos bienes o servicios, se lo deberá considerar
como un costo o gasto imputable al precio del bien que se vaya a transferir o
del servicio que se vaya a prestar, por lo que dichos valores no deben ser desglosados
dentro del comprobante de venta que respalde la transferencia del bien o
prestación del servicio gravado con tarifa 12% de IVA o en otro comprobante por
separado, en tanto no sean efectivamente transferidos o prestados por quien
trasfiera el bien o preste el servicio gravado con tarifa 12% de IVA.

Para
el efecto, se establecen los siguientes ejemplos:

Escenario
1

La empresa A se dedica a la venta de cemento, para lo
cual contrata el servicio de transporte (gravado con tarifa 0% de IVA)de los
sacos de cemento, desde las bodegas del fabricante B hasta su almacén de venta,
pagando a B por dicho servicio un valor de USD 5,00 (valor para efectos del
ejemplo únicamente). El sujeto pasivo X adquiere dos sacos de cemento a la empresa
A por un valor de USD 20,00 (valor para efectos del ejemplo únicamente) más 12%
de IVA. En el comprobante de venta que A emita a X constará únicamente el valor
de los sacos de cemento transferidos, mas no el valor del servicio de transporte
antes mencionado, toda vez que éste no fue prestado por A hacia X.- El valor del
servicio de transporte que A pagó a B deberá ser considerado por A como un
costo o gasto incorporado al valor de los sacos de cemento que venda.

Escenario
2

La empresa A se dedica a la venta de cemento, para lo
cual contrata el servicio de transporte (gravado con tarifa 0% de IVA) de los
sacos de cemento, desde las bodegas del fabricante B hasta su almacén de venta,
pagando a B por dicho servicio un valor de USD 5,00 (valor para efectos del
ejemplo únicamente). El sujeto pasivo X adquiere dos sacos de cemento a la empresa
A por un valor de USD 20,00 (valor para efectos del ejemplo únicamente) más 12%
de IVA, adicionalmente A presta el servicio de transporte de los sacos de cemento
a X, desde su almacén de venta hasta el domicilio de X, cobrando por dicho
servicio un valor de USD 7,00 (valor para efectos del ejemplo únicamente). En
el comprobante de venta que A emita a X constarán desglosados, por una parte, el
valor de los sacos de cemento transferidos (USD 20,00) y gravados con tarifa
12% de IVA y, por otra parte, el valor del servicio de transporte prestado por A
a X (USD 7,00) y gravado con tarifa 0% de IVA. El valor del servicio de
transporte que A pagó a B deberá ser considerado por A como un costo o gasto
incorporado al valor de los sacos de cemento que venda.

Boletín Jurídico de
la Cámara de Comercio de Quito

CCQ