DEFINICIÓN

Conceptualmente, democracia directa es aquella en que el pueblo ejerce el gobierno del Estado por sí mismo, esto es, sin intermediarios, en contraste con la democracia indirecta o representativa en que la sociedad está gobernada por personas elegidas por ella y a quienes confía el cumplimiento de funciones de mando de naturaleza y duración determinadas y sobre cuya gestión conserva el derecho a una fiscalización regular.

La democracia directa tiene un carácter y un interés fundamentalmente teóricos puesto que en la experiencia humana no hay un solo sistema político que pueda ser exhibido como modelo de esta forma de gobierno. Ella tiene más de hipótesis de laboratorio que de dato de la experiencia. Jamás, en lugar alguno, la masa popular ha sido llamada a desempeñar las funciones gubernativas de la sociedad.

En la realidad no cabe otra forma de democracia que la indirecta o representativa, en la que el pueblo ejerce el poder político por medio de sus “representantes”. Esta es la única modalidad democrática compatible con la creciente especialización técnica de las funciones de gobierno en la sociedad del conocimiento contemporánea y con el incesante crecimiento demográfico.

Dr. Rodrigo Borja Cevallos