Por: Ab. María Dolores Orbe

Estudio Jurídico VIVANCO & VIVANCO

Introducción:

Para comprender el significado del trabajo pro bono de los abogados como responsabilidad social, debemos comenzar por lo más elemental y es entender el significado de la frase Pro bono, que deriva del latín pro bono público, que quiere decir “por el bien público”. Podemos concluir entonces, que la idea del trabajo pro bono consiste entonces en que los abogados privados hagan trabajo por el bien público, asesorando y representando legalmente a personas de escasos recursos ante los tribunales.

Trabajo Pro Bono = Trabajo Legal gratuito por el bien público.

El sentido de responsabilidad debe ser compartido por la sociedad en general para lograr un mejoramiento de la calidad de vida de sus habitantes. Esto precisamente es lo que se ha manifestado en el desarrollo de actividades pro bono asumidas en nuestro país por destacados estudios jurídicos y abogados independientes.

El hecho de que a través del Código Orgánico de la Función Judicial, se haya incorporado en el ejercicio profesional el concepto de responsabilidad social, es una condición indispensable para la generación de condiciones de vida dignas y conforme a los derechos humanos fundamentales reconocidos por nuestra Constitución Política. Tradicionalmente, a través de las universidades en el Ecuador se ha dado un mayor enfoque e importancia al trabajo social pro bono, porque en ellas se educa, prepara y forma la conciencia del futuro abogado. Las universidades o escuelas de derecho son la plataforma para enseñar a sus futuros profesionales una conducta ética e inducir a sus abogados a trabajar por el bien de la sociedad.

Generalmente, muchas de las garantías establecidas en la ley fundamental recaen sobre el aparato estatal, no obstante los fenómenos que nos afectan como los altos niveles de contaminación; los deficientes resultados del sistema educacional, la crisis económica mundial requieren el apoyo comprometido de la sociedad civil, siendo la responsabilidad social a través del pro bono una de las mejores alternativas para aportar.

La prestación de servicios jurídicos voluntarios- Pro bono es una de las mejores alternativas para garantizar el acceso a la justicia de los sectores socialmente vulnerables, el cual actualmente es un tema pendiente en nuestra sociedad. En el Ecuador, el Estado no ha podido generar tales condiciones desde su propio aparato institucional para cubrir tales necesidades. En muchos países como Colombia, Perú, Argentina, los abogados, estudios jurídicos prestigiosos, han asumido su propia responsabilidad al trabajar directamente con grupos marginados.

Cada día toma más fuerza el Pro Bono incorporado hoy como práctica institucional en connotados estudios jurídicos en América Latina y ejercido por abogados independientes, siendo a nivel de responsabilidad frente a la sociedad, un excelente ejemplo de cómo los individuos son capaces de contribuir con sus talentos y capacidades al bienestar de otros, y que muestra a la luz la forma en que las futuras generaciones, hoy en formación, aprenderán que lo recibido, además de conceder oportunidades y beneficios, es también una responsabilidad frente a la sociedad.

¿Cómo iniciar un trabajo o cadena pro bono?

La mayoría de abogados independientes y de estudios jurídicos de prestigio inician su actividad pro bono a través de convenios y relaciones con organizaciones sociales, ONG´S, que a su vez tienen contacto directo con la comunidad para recibir los casos de la población más vulnerable.

En muchos países ya existen recientes fundaciones creadas específicamente para apoyar y gestionar la prestación de servicios de asesoría jurídica voluntaria pro bono, como es el caso de la Fundación Pro Bono de Colombia y a la cual se han adherido prestigiosas firmas de abogados.

Iniciativas Pro Bono

Para muchos abogados resultará que los temas legales en los cuales se especializan individualmente o varias firmas de abogados, no corresponden en lo general a lo que se puede percibir como las necesidades jurídicas insatisfechas de gran parte de la población. Sin embargo, las múltiples iniciativas que se pueden generar, seguro ayudarán a tomar casos que no necesariamente sean sobre los temas legales que trabajan diariamente, y que finalmente es una salida de la rutina profesional que más que tener una recompensa pecuniaria, tendrá una recompensa a nivel personal.

El primer paso será no identificar o asimilar al pro bono como una carga adicional, sino como un trabajo o aporte a la sociedad.

Beneficios del Trabajo Social Pro Bono

Innegablemente el resultado de la buena práctica del trabajo social pro bono, será una puerta que ayude a generar negocios y reconocimiento social para el abogado y su estudio de abogados, sin dejar de lado el mayor beneficio que será la satisfacción de aportar a la sociedad a nivel personal.

Base Legal – Código Orgánico de la Función Judicial

Art. 323.- LA ABOGACÍA COMO FUNCIÓN SOCIAL.- La abogacía es una función social al servicio de la justicia y del derecho.

Es garantía fundamental de toda persona ser patrocinada por un abogado de su libre elección.

Art. 327.- INTERVENCIÓN DE LOS ABOGADOS EN EL PATROCINIO DE LAS CAUSAS.- En todo proceso judicial necesariamente intervendrá un abogado en patrocinio de las partes excepto en los procesos constitucionales y en los que se sustancien ante las juezas y jueces de paz, sin perjuicio del derecho a la autodefensa contemplado en el Código de Procedimiento Penal. Quienes se hallen en incapacidad económica para contratar los servicios de un abogado tendrán derecho a ser patrocinado por los defensores públicos.

Art. 339.- DEBER DE REALIZAR LA ASISTENCIA LEGAL COMUNITARIA.- Los estudiantes egresados de las facultades de jurisprudencia, derecho o ciencias jurídicas, deberán realizar en forma obligatoria un año de servicio a la comunidad mediante la asistencia legal comunitaria en la Defensoría Pública, Fiscalía General del Estado, órganos jurisdiccionales, consultorios jurídicos gratuitos de las universidades o en los sectores rurales, urbano marginales o en los organismos seccionales que no cuenten con recursos para contratar abogados de planta, según el reglamento que al efecto dictará el Consejo de la Judicatura, servicio cuyo cumplimiento será un requisito para el ejercicio profesional.

Art. 340.- NATURALEZA.- El año de asistencia legal comunitaria constituye un modo de restituir en parte a la sociedad ecuatoriana el beneficio de la educación superior recibida de ella y por constituir la abogacía una función social al servicio de la justicia y del derecho.

Quienes realicen el año de asistencia legal comunitaria no adquieren por ello la calidad de servidores de la Función Judicial y no tendrán derecho a percibir sueldo alguno sino únicamente los derechos que fije el Consejo de la Judicatura. No podrán exigir ni percibir dinero, bienes o servicios de las personas que se hayan beneficiado con sus servicios; de comprobarse tal falta, conforme a la denuncia que presente el afectado ante la Dirección Regional respectiva, esta comunicará del particular al Consejo de la Judicatura, el cual procederá a suspender el período de práctica del egresado, lo cual implicará que no podrá obtener su certificado de aptitud profesional dentro de los siguientes dos años, en los cuales podrá volver a prestar estos servicios. De la decisión adoptada por el Consejo de la Judicatura se podrá interponer la correspondiente acción ante la jurisdicción contencioso administrativa.

Art. 341.- CERTIFICADO DE APTITUD PROFESIONAL.- Al finalizar el año de práctica pre profesional, el Consejo de la Judicatura de acuerdo a la evaluación de la entidad que se encargó de recibir al alumno de derecho, emitirá el Certificado de Aptitud Profesional, requisito indispensable para el ejercicio de la profesión de abogado.

Art. 342.- EXONERACIÓN.- El egresado de derecho podrá exonerarse de cumplir con el año de prácticas pre profesionales, si es que acredita haber prestado sus servicios durante por lo menos dos años en un consultorio jurídico gratuito de una universidad, o haber realizado pasantía por igual tiempo en una unidad judicial.