Hay 13
figuras ?mejoradas? en el nuevo Código Penal

En el nuevo Código Orgánico Integral Penal (COIP)
constan trece infracciones que, según el oficialismo, fueron ?mejoradas o
completadas? en relación a lo que se estipulaba en la anterior norma penal.

La desaparición forzada, ejecución extrajudicial,
trata de personas, tortura, abandono de personas, aprovechamiento ilícito de
servicios públicos, prescripción injustificada, delitos contra el agua,
infracciones contra el suelo, contaminación del aire están en esta lista.

También constan el testaferrismo, provocar incendios y
el suministro de sustancias estupefacientes y psicotrópicas.

El oficialismo sostuvo que los cambios fueron
necesarios para una mejor aplicación de las sanciones por esos delitos.

La asambleísta Gina Godoy (AP) señaló que en el tema
de desaparición forzada, por ejemplo, la redacción de la norma y penas
cambiaron.

Antes se especificaba una sanción de entre seis meses
y dos años de prisión para ?los empleados públicos, depositarios o agentes que,
ilegal y arbitrariamente, arresten o hagan detener a una persona?.

Ahora se castiga con prisión de 22 a 26 años a quien
someta a la privación de libertad a una persona, no informe su paradero o
impida el ejercicio de sus garantías legales.

En el caso del delito de tortura, el anterior Código
no lo tipificaba como tal delito, sino que se describía esa conducta en los
artículos 204 y 205.

Ahora el COIP sanciona con prisión de 7 a 10 años a
quien inflija u ordene infligir grave dolor o sufrimiento físico o psicológico
a otra persona.

Para Santiago Guarderas, decano de la Facultad de
Jurisprudencia de la Pontificia Universidad Católica, esas figuras no se han
mejorado porque hay algunos ?subjetivismos?.

Lo que se ha hecho, a su criterio, es tipificar ciertas
conductas que antes no estaban explícitas. ?Lo que se ha hecho es visibilizar
delitos que antes no estaban determinados?.

Este contenido ha sido publicado
originalmente por Diario EL Universo en
la edición del 16 de agosto de 2014