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INDEPENDENCIAEN LA LEGISLACIÓN ECUATORIANA
Qué es ser Juez y como debe ser

Por: Dr. José C. García Falconí
Juez de la Tercera Sala de la H. Corte Superior de Justicia

A CTUALMENTE EN EL CONGRESO NACIONAL se está estudiando el proyecto unificado elaborado entre la Comisión de Legislación y Codificación del H. Congreso Nacional y la Corte Suprema de Justicia, sobre la Ley Orgánica de la Función Judicial; y el Art. 5 de dicho proyecto señala: «De la Independencia.- La Función Judicial es independiente en el ejercicio de sus deberes y atribuciones específicas. Ninguna Función, órgano o autoridad del Estado, podrá interferir en dicho ejercicio.

Los magistrados y jueces en el ejercicio de la potestad jurisdiccional solo están sometidos a la Constitución y a la ley. Al ejercerla, son independientes inclusive frente a los demás órganos de la Función Judicial.
La actuación de los magistrados, jueces y más servidores de la Función Judicial, será imparcial respetando la igualdad de las personas ante la Ley».

Previamente a tratar sobre la independencia en la Administración de Justicia, es menester hacer un breve estudio sobre lo que es el Juez y como debe ser.

El Juez es el arbitro designado por la sociedad a través de los órganos competentes del Estado, para juzgar la conducta humana, por esta razón la fe de un pueblo en la justicia, como valor esencial de la democracia, debe ser mantenida por quienes desempeñamos la función de juez en los más altos niveles de la responsabilidad pública; esto es el desempeño de la función judicial requiere un alto grado de autolimitaciones en el ejercicio de los derechos del juez.

Al respecto del juez John J. Parker del Tribunal de Apelaciones para el Cuarto Circuito del Sistema Federal de los Estados Unidos de América dijo hace cincuenta años lo siguiente: «No soy de los que piensa que un hombre deja de ser hombre y un ciudadano cuando se convierte en Juez, y que debe retirarse de la vida como si entrase en un monasterio».

Más aún el Juez Presidente de la Suprema Corte de los Estados Unidos de América, Earl Warren en 1955 manifestó: «nuestros jueces no son monjes ni hombres de ciencia, sino participantes en la activa corriente de nuestra vida nacional, que guían el derecho entre los peligros de la rigidez de una parte y los de falta de formalidad en la otra».

De lo que se colige que no es necesario ni deseable que el juez viva en aislamiento dice con razón, el Canon XXIX de la Ética Judicial de Puerto Rico, pues la calidad de juez no nos deshumaniza, esto es el cargo de juez honra, pero ni da ni quita bondad a quien lo desempeña.

Caracteres del Juez

En doctrina se dice que debe ser: laborioso, prudente, sereno, imparcial y cuidadoso para que de este modo goce de la confianza de la sociedad.

Política y juez

Hoy que estamos viviendo una etapa política en nuestro país, es menester indicar que el juez tiene libertad para pensar, no para expresar lo que piensa en materia política.

La Independencia del Juez

El Art. 1999 de la Constitución Política del Ecuador dispone: «Los órganos de la Función Judicial serán independientes en el ejercicio de sus deberes y atribuciones. Ninguna función del Estado podrá interferir en los asuntos propios de aquellos.

Los Magistrados y Jueces serán independientes en el ejercicio de su potestad jurisdiccional aún frente a los demás órganos de la Función Judicial; sólo estarán sometidos a la Constitución y a la Ley».

Esta disposición constitucional hay que entenderla debidamente, esto es la «responsabilidad», no la independencia tiene que ser con el desempeño y la utilización de criterios técnico-jurídicos por parte del juzgador para los que no tienen que contar con autorización de ninguna otra autoridad; con razón el maestro Eduardo J. Couture dice «independencia para que el juez pueda hallarse por encima de los Poderes Políticos y aún de las masas que pretenden presionar sobre las decisiones a tomar», así la independencia del juez debe entenderse como juez responsable, porque siempre estará limitado por el ordenamiento jurídico vigente en el país, esto es nunca podrá estar encima de él.
O sea que un juez debe ser una persona sensible a cualquier desproporción que resulte de sus actos, pues los jueces no somos, no podemos ser dictadores, ya que somos los funcionarios mas celosamente sujetos al ordenamiento jurídico del país, pues vale la pena recordar que si bien somos independientes también estamos sometidos a la Constitución y a la Ley.

Además, el juez debe ser imparcial y lo es el que carece de interés por los resultados del juicio, es decir independientes con las partes, no olvidemos que el Debido Proceso y la imparcialidad del Juez son los dos pilares sobre los que se sustenta la democracia en nuestro país.

Puede equivocarse un juez justo

Por supuesto que sí, errores se cometen, desviaciones se presentan, pero debemos enfrentarlos y corregirlos, conscientes de que la Función Judicial es un poder integrado por seres humanos, que aspiramos ser capaces, honrados y bien preparados; por esa razón compañero juez no debemos desanimarnos por un error o una desviación por grave que sea o parezca ser, por el contrario debe motivarnos para la superación personal y el perfeccionamiento de todos los órganos que lo integran.

Cómo deben ser los jueces

En el módulo sobre este tema dictado por el señor Doctor Santiago Andrade Ubidia magistrado de la Corte Suprema de Justicia, en la Universidad Andina Simón Bolívar sede Ecuador, en el curso de Derecho Procesal, se decía con razón que debemos dejar de ser ritualistas en lo que se exagera a las formas, tenemos que pensar hoy en día en el moderno derecho procesal que pretende superar antiguas estructuras y constituir las bases de su entorno sobre contenidos básicos y primordiales de respeto al ser humano y la tutela de sus derechos fundamentales como lo son las señaladas en el numeral 27 del Art. 23 de nuestra Constitución Política «El derecho al debido proceso y a una justicia sin dilaciones».

De este modo la complejidad creciente de los litigios requiere de un juez proclive y preparado para el trabajo ínterindisciplinario, superando el sistema de medioevo al considerar que la ley y nuestro conocimientos son suficientes para resolver apuradamente cualquier tipo de conflicto.

Señores jueces que de todas nuestras resoluciones emane la justicia ecuatoriana, sólo así se fortalecerá la seguridad jurídica de nuestro pueblo; pues si vamos a tener fe en la justicia, debemos creer en nosotros porque hay justicia en nuestros corazones.

Conclusiones

Estimados compañeros judiciales, sintámonos orgullosos de ser Jueces hagámoslo con la confianza de que somos buenos, no porque la judicatura nos haga buenos sino porque lo somos; y redoblemos nuestros esfuerzos, para que siendo humanos podamos superar las flaquezas de esa condición natural, y mediante el estudio y actualización de conocimientos seamos para honra y confianza del Ecuador una Función Judicial ejemplar.

Logremos que la Administración de Justicia cumpla eficazmente con su labor esencial de protección de los derechos de los ciudadanos frente a los actos violatorios de los mismos; esto es el juez debe cumplir con su misión constitucional y democrática de proteger los derechos de los ciudadanos que viven en el país, en el marco de una justicia independiente, eficaz y confiable, recordando lo que constantemente manifiesta el compañero Luis Muñoz Pasquel, Presidente de la Federación Nacional de Judiciales del Ecuador: «La Justicia no esta al servicio del sistema sino del ser humano».

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