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JUSTICIA PARA TODOS
Militares, impedidos de ocupar cargos públicos

Por: Fundcacion hacia la Seguridad
Imperio de la Ley

L OS MILITARES ESTAN IMPEDIDOS de ocupar cargos públicos o de cumplir tareas que se opongan a su calidad de «obedientes y no deliberantes» que les confiere la Constitución. Esa fue una de las principales conclusiones a las que se llegó en el programa Justicia para Todos transmitido el 21 de marzo de 2004 por TC Televisión.

Edgar Terán Terán, presidente de la Fundación Hacia la Seguridad-Imperio de la Ley, comentó que hace pocos días se ha presentado un proyecto legislativo muy importante, por parte del vicepresidente de Congreso, Ramiro Rivera. Es un proyecto simple, claro y corto en el que se manda: «sustitúyase el artículo 196 de la ley de personal de las Fuerzas Armadas por el siguiente: es prohibido para los militares en servicio activo desempeñar cargos o empleos o funciones públicas ajenas a su actividad profesional militar».

De acuerdo con Terán, el artículo 196, que se reformaría, actualmente indica que el Comando Conjunto y el propio ministro de Defensa pueden autorizar la intervención y participación en funciones públicas de los miembros de la institución, es decir que les permitan que se les dé comisión de servicio para desempeñar otras tareas a parte de las propias que les corresponde.

Terán se mostró partidario de que esta reforma sea aprobada por el Congreso. Sin embargo, aclaró Terán que aunque no se expidiera el cambio legal, que el diputado Rivera propone, los militares tienen prohibición absoluta de ejercer funciones civiles: «Y esto porque la Constitución Política que es la norma del Estado en su versión del año 98 pone una conceptuación constitucional impecable en los artículos 272 al 274 y dice:…si es que una norma legal está en contradicción con una norma constitucional, la norma contradictoria no existe».

Terán también indicó que la Constitución manifiesta que «…cualquier funcionario está obligado a decir que una norma no existe cuando encuentra que está en contradicción con la Constitución…». Por ello, ya que la Constitución Política tiene un capitulo que se llama de la Fuerza Pública, y dice en el artículo 185: «La fuerza pública será obediente y no deliberante…», los militares en servicio activo que están ejerciendo cargos públicos en la administración civil están en actuación violatoria de la Constitución Política.

Además comentó que en todo país civilizado y democrático la fuerza pública no es deliberante sino es obediente: «no es cosa de sacarse el uniforme y comenzar a ser deliberante. Para ir a manejar las telefónicas se necesita deliberar, se necesita dejar de ser miembros de fuerza pública; por eso es tan categórico el mandato y es tan grosera la violación constitucional al tener esto de cerca de 90 miembros de la fuerza pública que ejercen funciones civiles», comentó Terán.

Terán citó la exposición de motivos que hace el diputado Rivera para su propuesta legislativa: «pocas ocasiones como en la actual de la vida republicana hemos sido testigos y protagonistas de un proceso de deterioro político e institucional de las Fuerzas Armadas cuyo prestigio ha sido socavado por factores como la corrupción, la desprofesionalización, la politización, la ingerencia en los juegos cotidianos del poder, la intervención dirimente en los conflictos internacionales, la participación en cuotas políticas de la administración pública. Esto promovido y alentado por un presidente surgido de sus filas sin visión ni horizonte sobre los limites y el alcance de las competencias que deben asumir en el marco de las disposiciones constitucionales».

Para Terán las Fuerzas Armadas deben encargarse solamente de sus tareas fundamentales como defendernos del terrorismo: «Eso sí es la competencia de la fuerza pública. No ir a dirigir telefónicas, no meterse en toda la algarabía de la administración civil, no ir a corromperse o a ensuciarse las manos en licitaciones mal dirigidas. Tienen que defender la seguridad exterior del Ecuador amenazada desde Colombia por el terrorismo, ahí tienen que estar no en otra parte», comentó.

Finalmente, Terán comentó que lo que ganen estos militares en esos cargos públicos tiene que ser glosado por la Contraloría y ordenado que lo devuelvan y aquello que les glosen a los que les han nominado y a los que les han pagado podrá glosarse solidariamente a la autoridad que lo ordenó. «Es desmesurada la responsabilidad que está corriendo el presidente de la República ante Contraloría, un riesgo personal de su peculio» dijo.

Caso Baltra, una aberración jurídica

Para el doctor Edgar Terán, lo que ocurre actualmente con la isla Baltra es una aberración jurídica. Esto a propósito de que un juez ordenó ceder la isla a la Fuerza Aérea. De acuerdo con el jurista, la Constitución Política en el artículo número 2 dice que el territorio ecuatoriano es inalienable e irreductible y que parte del territorio es el Archipiélago de Galápagos.

La misma Constitución Política dice, en el artículo 238 y 239 que hay regímenes especiales de administración territorial por consideraciones demográficas y ambientales y que la provincia de Galápagos tendrá un régimen especial como el de conservación y desarrollo sustentable, la existencia, control y manejo del parque Nacional Galápagos y de la reserva marina de Galápagos.

Pese a esta normativa legal, el argumento del pedido realizado al juez por la Fuerza Aérea es que la FAE ha estado en la isla de Baltra desde la Segunda Guerra Mundial. En base a que han estado usando esa isla, y que alguna de las famosas leyes Trole aprobó un artículo que dice que «los bienes inmuebles que estén en posesión material de buena fe no interrumpida de las instituciones del Estado por más de 5 años y que carecieren de títulos de propiedad legalmente inscritos a nombre de dichas instituciones, pasarán por mandato de esta ley a ser de propiedad de las posesionarias. Los registradores de la propiedad, los cantones en los que los inmuebles se hallaren ubicados inscribirán las transferencias de dominio, previo auto que al efecto expedirán los jueces competentes a petición de parte».

La Fuerza Aérea pidió al juez que declare su derecho a la propiedad y ordene la inscripción en el registro de la propiedad. Para Terán esto significa una abrumadora, inconcebible mezcla de conceptos jurídicos, entre los que rigen el manejo del territorio ecuatoriano, que es una cosa, y el manejo de la propiedad privada sobre el territorio, que es otra cosa.

Terán se preguntó si Fuerza Aérea del Ecuador habrá estado ocupando la isla Baltra como el Código Civil cataloga la palabra ocupación. El jurista indicó que la ocupación del Código Civil se refiere al derecho privado, no al derecho público. Y la Fuerza Aérea está relacionada con el Estado y está regulada exclusivamente por el derecho público, el derecho privado no se le aplica a ella.

«Es una falsario ese juez que le aplicó normas de derecho privado a la Fuerza Aérea», dijo. Para graficar la situación indicó que por ejemplo la Fuerza Aérea no puede decir «como he estado ocupando el aeropuerto de Quito 50 años, declare que soy propietario señor juez».

Además indicó que a la FAE nunca le pudieron entregar una propiedad porque no es persona jurídica. La Fuerza Aérea no puede comprar cosas, no es titular del derecho de propiedad, ni del derecho de ocupación, de ninguno de los títulos del Derecho Civil porque es un órgano del estado sometido al derecho público y porque no es persona jurídica.

El Consejo de la Judicatura debiera actuar de inmediato sobre ese juez, pero claro ese no es el remedio sustancial, el presidente de la República tiene que poner en orden a una Fuerza Aérea desbocada que no reconoce, ni normas de derecho público ni normas de derecho privado.

Otros temas

Visita de Guitérrez a Colombia

La visita del presidente a Colombia estaba planificada con libreto riguroso. Esta vez me parece que se ha ceñido estrictamente a algo que la Cancillería ecuatoriana tenía perfectamente preparado. De hecho nuestro canciller habló días anteriores al viaje y dijo «hay un documento que se suscribirá con Colombia y el 95% de ese documento esta listo» y yo creo que la comunidad ecuatoriana tiene que exigir al gobierno que nos dé a conocer cuanto antes ese documento que se ha firmado con Colombia.

Por otra parte la ocasión que el presidente ecuatoriano visitó Bogotá era una ocasión esencial, importante para el Ecuador cuando tenemos muchos temas por desarrollar, muchos temas por arreglar con Ecuador, y pienso yo que cuando estamos cerca de una coyuntura muy difícil para el Ecuador, cuando Colombia inicie ya la guerra total contra el terrorismo. Yo veo ese hecho a pocas semanas de distancia y una prevención diplomática sobre aquellos eventos posibles, factibles, era esencial de manera que el momento de la visita fue clave.

El periódico El Mundo, el 17 de marzo hace una crónica de lo que ha sido el primer día de la visita: «Un compromiso de las autoridades colombianas fue el de revisar el paso de emigrantes ilegales en ambos sentidos. Gutiérrez fue puesto al tanto de los avances de las Fuerzas Armadas Colombianas con respecto al número de efectivos y las estrategias de coordinación y de un ejercicio efectivo de seguridad en la frontera. Así mismo las comisiones colombo-ecuatorianas analizarán temas relacionados con las actividades de los ministerios del Interior, Defensa, Agricultura y Desarrollo Rural, Minas y Energía, Comercio, Industria, Turismo, Ambiente, Vivienda y Desarrollo Territorial y Comunicaciones… …de este trabajo surgirá un informe del cual los mandatarios suscribirán hoy una declaración conjunta en la que recogerán los compromisos alcanzados según los temas discutidos…» Este es el documento esencial que debemos conocer.

Los temas que llevó el presidente Gutiérrez para tratar con su homóloGo son de gran trascendencia, qué hace Colombia y qué tiene que hacer para resguardar su frontera e impedir el paso de los terroristas, delincuentes inclusive, de Colombia. Esta situación que había sido incumplida por Colombia desde hace años, y no reclamada por Ecuador.

Que haya planes de contingencia para el momento en que estalle la guerra en Colombia es fundamental, y espero pues que el presidente Gutiérrez que por su profesión de militar es un hombre que entenderá esas cosas mejor que otros, haya captado exactamente todos los detalles de lo que debe ser ese plan de contingencia en el que tendrá que haber una inevitable cooperación sin que eso signifique intervención de Ecuador en los asuntos de Colombia ni en los territorios colombianos pero el resultado de la barrida que se vendrá en las próximas semanas, desde luego determina una indefensión del territorio ecuatoriano si es que Colombia no pone una primera barrera militar para evitarlo.

El atentado en Madrid

El doctor Edgar Terán comentó cuál debería ser la posición del Ecuador frente al terrorismo, a propósito de los hechos registrados el

11 de marzo de este año en Madrid. «El delito de terrorismo no está tipificado al nivel de derecho internacional ni catalogado como un delito contra la humanidad, aunque lo es. Los delitos como el genocidio están tipificados y vemos a la Corte Internacional tratando muchos de estos casos. Ecuador debe para servicio de la humanidad, iniciar una campaña para catalogar al terrorismo como un delito contra la humanidad. Debe preparar un texto pionero en el derecho de lo que debe ser la actitud universal contra la bestialidad del terrorismo.

Visite nuestra página web: www.hls.org.ec y conozca el Monitoreo de Normas y Sentencias de HLS.

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