La corrupción política en el Ecuador

Por: Dr. Manuel Posso Zumárraga

L A CORRUPCIÓN POLÍTICA ES UN FANTASMA milenario de verdad, que recorre en un mundo y que ha tomado espacio en el Ecuador, que derroca todos los sistemas de Gobierno, cambia el curso de la historia, destruye sociedades, quebranta conciencias, cambia la escala de valores y aún instala y derriba Gobiernos.
Cuando la corrupción llega al grado de Globalización, opera como una red de vasos comunicantes que penetra en el sector público y en la empresa privada y conduce a los Estados al caos total.

La corrupción en todas partes

En el caso ecuatoriano, en todas partes se habla del flagelo de la corrupción, los medios de comunicación, prensa, televisión, foros, seminarios, universidades, campos deportivos, Congreso, Ejecutivo, Judicial, oficinas (IESS), plazas, tiendas, mercados, cultos, religiosos, etc.
Los periódicos a diario se llenan se denuncias de actos de corrupción político – administrativa sin visos de solución o erradicación. En todos estos medios se continúa pensando en forma equivoca que el flagelo de la corrupción es tan solamente un asunto meramente religioso, moral y de falta de leyes represivas. No señores, la corrupción del Estado o del manejo de la «Cosa Pública » no es una simple aberración o perversión espiritual del individuo o Gobernante. Nadie se corrompe porque sí, o porque en un momento dado nació en su alma o en su corazón el deseo malévolo e incontenible de mancillar su sentimiento puro, trasparente o incontaminado.

Sistema de oprobio político

La corrupción vista desde la perspectiva de la función pública, es en esencia un problema educativo, político, sociológico y económico, ha dejado de ser una simple desviación de la conducta personal, para convertirse en un sistema de oprobio político, que en el Ecuador ha tocado fondo, y que se hace presente en la falta de credibilidad y en la desmedida ambición de poder, de los Gobernantes de turno, abortados de partidos políticos en decadencia moral, que nos llevarán a un caos total, de no mediar la imposición de una serie de medidas correctivas que van » desde la gran cruzada de hablar siempre con la verdad «, hasta la formación de un nuevo gobernante u hombre de Estado, pasando por adoptar los rígidos sistemas de control, sanciones severas, capacitaciones del servidor público, etc., pero principalmente tomando conciencia que la corrupción existe y que no es un fantasma que solo lo rodea al Ejecutivo.

La gran cruzada contra la corrupción
Política Administrativa

Como lo manifesté anteriormente, la Corrupción en nuestro país está cambiando el curso de su historia, ha quebrantado conciencias, ha politizado instituciones públicas, ha cambiado escala de valores, y aún ha instalado y derribado Gobiernos; y lo definimos a este flagelo de la corrupción » como un acto ilegal, ilícito e ilegítimo, por medio del cual una persona al servicio o no del Estado, obtiene resultados o decisiones que le satisfaga ambiciones económicas o políticas «.

Sistemas de corrupción

Así definida la corrupción, en el Ecuador por desgracia existe un amplio espectro de mecanismos de corrupción político administrativa, que podemos agruparlos en dos sistemas:

1.- En el primer sistema de corrupción están todas aquellas acciones que en la Constitución , en la Ley y reglamentos han sido descritos como inhabilidades, incompatibilidades, delitos o infracciones disciplinarias, etc.
2.- En el segundo sistema de corrupción están todas aquellas acciones que en frente al derecho positivo tienen una apariencia de legalidad.

Protegidos en un cinismo

Ambos sistemas de corrupción antes anunciados por desgracia están protegidos con un cinismo extremo por los Gobernantes o Administradores de la cosa pública y principalmente en la vocación suicida de politiqueros que nuca enfrentaron el tema de la corrupción, que hoy en día se encuentra mas bien motivada en la ambición política desmedida de poseer bienes y riqueza, sin importar los medios ha utilizarse como por ejemplo, cuando se practica la violencia contra las personas, las violaciones contra los derechos humanos, las ambiciones de poder político, la defraudación al fisco, o violentando la Constitución y las leyes de la república.
Así mismo, resulta contradictorio que todos los paises reconocen en forma expresa en sus Constituciones el principio de » que el interés general debe prevalecer sobre el interés personal «, pero hábilmente este principio es trastocado y ejecutado al reves, llegando inclusive a tal grado de hipocresía y cinismo, que un mismo Gobernante, político, servidor público o privado ( con excepciones ) en un momento y ante unas mismas circunstancias puede abrigar en la intimidad de su espíritu tres actitudes diferentes: » Una cosa es lo que piensa, otra cosa es lo que dice y otra diametralmente distinta lo que hace o ejecuta «; es decir, opera la escuela del doble discurso y de la doble moral.

Delitos más notorios

Con este espectro de la corrupción institucionalizada en nuestro país, los delitos más notorios de carácter económico y político contra el Estado y la Empresa privada que deben ser tácitamente definidos en nuestra legislación Constitucional, penal y civil, son entre otros:

El Peculado por Apropiación

Cuando el servidor público o privado se apropie en provecho suyo o de un tercero, bienes del Estado o de empresas o instituciones, en que este tenga parte, o de bines o fondos parafiscales, particulares, a cuyo custodio se confíe en razón de sus funciones.
Pena.- De acuerdo a la gravedad de la infracción y cuantía del bien apropiado será graduada de 6 a 15 años de prisión, con interdicción de derechos y funciones públicas por igual tiempo.

Peculado por Extensión

Quien se apropie de bienes bajo su custodia , pertenecientes a asociaciones, profesionales, cívicas, sindicales, comunitarias, juveniles, benéficas o de utilidad común no estatales.
Pena.- Iguales a las previstas para el delito de peculado por apropiación.

Concusión

Cuando un servidor público o privado, abusando de su cargo induzca a otra persona a dar o prometer al mismo servidor o a un tercero, dinero, o cualquier otra utilidad indebida.
Pena.- De acuerdo a la gravedad de la infracción, con multa de 100 a 300 salarios mínimos vitales generales vigentes a la fecha, prisión de 3 a 7 años e interdicción de derechos y funciones, prisión de 3 a 7 años e interdicción de derechos y funciones por el mismo término fijado para la pena principal.

Cohecho Propio

El servidor público o privado, que reciba para si o para otro, dinero o acepte promesa remuneratoria para retardase u omitir un acto propio de sus funciones.
Pena.- Multa de 100 a 200 salarios mínimos vitales generales vigentes a la fecha, prisión de 2 a 6 años e interdicción de derechos y funciones por igual tiempo el de la pea principal.

Trafico de Influencias

El ecuatoriano sin excepción de persona o extranjero domiciliado en el país, que invocando influencias reales o simuladas, reciba, haga dar o prometer para sí o para un tercero, dinero u otro bien de utilidad pública.
Pena.- Multa de 300 a 500 salarios mínimos vitales generales vigentes, prisión de 5 a 9 años sin derecho a fianza e interdicción de derechos y funciones por igual tiempo que la pena de prisión.

Enriquecimiento ilícito

Pena.- De 4 a 12 años de prisión, sin derecho a fianza y multa equivalente al valor del enriquecimiento ilícito, e interdicción de derechos y funciones en igual tiempo al fijado para la pena de prisión principal.

Utilización indebida de información

Cuando el servidor público o particular haga uso indebido de información de reservada, por razón de sus funciones propias, con el fin de obtener provecho para sí o para terceros.
Pena.- De 2 a 4 años de prisión, e interdicción de derechos y funciones en tiempo igual al fijado para la pena principal.

Prevaricato por acción y omisión

Cuando el servidor, emita o dicta resolución, decreto, ley, reglamento, manifiestamente contrario a la Constitución u omita, retarde o deniegue un acto propio de su función.
Pena.- Multa de 100 a 200 salarios mínimos vitales generales vigentes a la fecha de la infracción, prisión de 2 a 4 años, e interdicción de derechos y funciones hasta por el mismo tiempo de la pena de prisión cumplida.

Un nuevo sistema de control público

Las reformas a nuestra legislación antes propuestas son una mínima parte de lo que constituye la gran cruzada contra la corrupción que se complementaria con un nuevo sistema de control público más rígido, la capacitación al servidor público, y lo que a mi juicio resulta lo más importante «si queremos extirpar la corrupción y formar un nuevo Gobernante u hombre de Estado, es la hora de hablar con la verdad en todos nuestros actos de nuestra vida pública como privada». Si los hombres de Estado sienten vergüenza de decir la verdad y no lo predican a sus gobernados o administrados, cualquier intento de erradicar la corrupción sera nula de nulidad absoluta.

El Estatuto y la Ley Anticorrupción

Por último el Proyecto de la Gran Cruzada de la moralización del Ecuador, comprenderá también la elaboración del Estatuto, Ley Anticorrupción a cargo del Congreso Nacional que cree la Comisión Nacional de Moralización del Estado como un ente patriótico, autónomo, e independiente de las funciones del Estado (similar a una Defensoría del Pueblo), que colabore con los organismos de control en la vigilancia de la gestión pública y privada, que ayude a controlar la corrupción que en el Ecuador es más grande que la Catedral.