Por: Dr. José C. García Falconí

En el momento en que un país tiene la necesidad de sancionar al autor de un hecho criminal, que al huir ha ido a refugiarse a otro país, aparece la necesidad de la extradición.

Reseña histórica

Fue conocida y aplicada desde la antigüedad en Grecia y Roma, pero realmente se lo aplicó en la edad media y más aun en nuestra época.

Definición de extradición

Etimológicamente la palabra extradición, que significa ¨fuera de¨, se compone del prefijo ¨ex¨ y el vocablo ¨tradición¨ que quiere decir entrega.

El tratadista Luis Jiménez de Azúa lo define como: ¨La entrega que un Estado hace a otro de un individuo acusado o condenado que se encuentra en su territorio, para que en ese país se le enjuicie penalmente o se ejecute la pena¨.

Eusebio Gómez lo define de la siguiente manera: ¨La extradición es un proceso de que un país se vale para requerir de otro la entrega de una persona que debe ser sometida a proceso penal o al cumplimiento de una sanción¨.

Institución jurídica

De éste modo la extradición es una institución jurídica, mediante la cual un Estado pide o entrega a otro Estado a una persona que se ha refugiado en su territorio, para ser juzgado o cumplir la pena correspondiente al delito que ha cometido, fuera de la jurisdicción del Estado requerido y dentro de la jurisdicción del Estado que lo solicita.

Naturaleza de la Extradición

Se ubica en el Derecho Internacional, ya que las leyes de extradición promulgadas en un país como derecho interno delimita el derecho del Estado en que rigen sus preceptos en un doble sentido: que el Estado no podrá entregar al delincuente por infracciones comprendidas en las leyes denunciadas por su propio Derecho Positivo y no podrán establecer tratados ni oposición a su ley internacional.

Fuentes de la extradición

Tenemos dos clases de fuentes que son las siguientes:

1.- Fuentes Externas de la Extradición.-

a) Convenios y tratados internacionales bilaterales; en este caso el Ecuador ha celebrado una serie de tratados bilaterales con varios países, que los tengo publicados en mi trabajo titulado ¨Leyes de Migración y Extranjería¨ más aún en el diario LA HORA Sección Judicial hace algún tiempo atrás publique todos los tratados celebrados por el país en este campo.

b) Convenios y tratados internacionales multilaterales, los principales son los siguientes: Convenio sobre Extradición firmado por todos los países de América en Montevideo, Uruguay en el año de 1933.

En el año de 1981 en Caracas República de Venezuela, se celebró la conferencia especializada Interamericana sobre Extradición, pues los países asistentes a dicha reunión consideraron que la lucha contra el delito en escala internacional importará al afianzamiento del valor supremo de la justicia en las relaciones jurídicas penales.

El Ecuador suscribió esta Convención y el tratado representativo no así varios países como los Estados Unidos de América.

En Europa existe la Convención Internacional de Extradición de 1957, aprobada por el Consejo de Europa con vigencia en catorce Estados y la más reciente de la Convención de Bruselas en 1962 para los países de Benelux.

2.- Fuentes Internas de la Extradición

Tenemos entre las principales dentro de nuestro ordenamiento jurídico las siguientes:

a) La Constitución política;

b) El Código penal;

c) El Código de Procedimiento Penal;

d) La Ley de Extradición;

e) La Ley de Extranjería; y,

f) El Reglamento a la Ley de Extranjería.

Procedimientos de Extradición

En doctrina hay varios procedimientos, siendo los principales los siguientes:

1.- Administrativo.– aquí la extradición la resuelve exclusivamente el poder Ejecutivo, como Francia y en Panamá

2.- Judicial.- aquí todos los trámites para resolver la entrega del reclamado se desenvuelve única y exclusivamente en el ámbito judicial, como en los Estados Unidos de América.

3.- Mixto.- Aquí intervienen las autoridades administrativas y judiciales, como es el caso del Ecuador.

Procedimiento especial

El procedimiento para la extradición es especial en nuestra legislación, aquí se aplica fundamentalmente el tratado de extradición correspondiente y las normas que señala la Ley de Extradición en su capitulo segundo.

Nota final

La República de México tiene una ley especial de Extradición Internacional, que contiene dos capítulos, el Capítulo I trata sobre el Objeto y Principios y, el capítulo II trata sobre el procedimiento, que en resumen es el siguiente;

1.- Solicitud de detención provisional;

2.- Petición formal de extradición;

3.- Hay que acompañar a dicha petición varios documentos.

Se inicia que la extradición no es procedente cuando se ha extinguido ya la acción penal o la pena impuesta al operar la prescripción.

La Ley Mexicana tiene dos artículos transitorios y fue expedida en el año de 1984, mientras que en nuestro país recién en el año 2000 se expidió la actual Ley de Extradición.