La interpretación en el análisis
de constitucionalidad de las leyes

Por: Dra. Carmen Estrella C.
ASESORA DEL TRIBUNAL CONSTITUCIONAL

E L ANÁLISIS DE LA CONSTITUCIONALIDAD de las leyes que realiza el Tribunal Constitucional es un trabajo técnico jurídico consistente en la comparación tanto del texto de la norma estudiada como del procedimiento para su formación, con los principios, valores y normas contenidas en la Constitución, tarea que se desarrolla a través del ejercicio de interpretación de la ley y de la Constitución, en consideración a que la Carta Fundamental informa todo el ordenamiento jurídico, en virtud a la supremacía de sus disposiciones, a través de este ejercicio, se encuentra el sentido y el alcance de las normas jurídicas y, si de la comparación efectuada, se llega a determinar que las leyes no guardan armonía con os preceptos constitucionales se suspenderá sus efectos, lo que vale decir, salen del mundo jurídico.

La importancia de la interpretación constitucional radica en el hecho de definir los límites a que está sujeto el legislador y si estos han sido respetados en su labor legislativa.

Dado que la norma jurídica constitucional es de naturaleza especial, pues de ella depende la validez de las demás normas, y en última instancia, como sostiene Pablo Lucas Verdú «hace referencia en distinto grado, a una ideología política, a criterios de organización y a una estructura social», la interpretación constitucional es más ardua y grave que la del derecho privado, por ejemplo, pues en la normativa constitucional «no se trata solo de intereses patrimoniales, económicos y sociales, trátase de un cuadro organizado por las normas constitucionales que traducen una determinada fórmula política para una estructura social»1, por lo que tras la interpretación que realizan los operadores jurídicos constitucionales estará presente siempre este fin, el mismo que según García de Enterría adquiere toda su vitalidad en las particulares interpretaciones de los principios constitucionales. De ahí que, en la aplicación de principios y métodos interpretativos encontremos posiciones ideológicas de los operadores jurídicos que dicen relación con sus concepciones en torno a las distintas esferas de la actividad estatal política de la sociedad.

La doctrina constitucional ha establecido varios principios y métodos que permiten a los intérpretes llevar a efecto la tarea a ellos asignada, no obstante lo cual, lo ideal será la utilización de un método integral que contraste distintos enfoques surgidos desde diversas perspectivas que obtenga como resultado una comprensión lógica y racional de la normativa analizada. Así considera Diego García Beláunde en su estudio. La Interpretación Constitucional como Problema:

El interprete, más que buscar una verdad o voluntad en el legislador (que cada vez es más problemática) debe buscar asignar un sentido a la norma, para lo cual deberá hacer una búsqueda en forma escalonada: en primer lugar, tratar y entender la norma tal y como se desprende de su lectura; luego conectar el sentido de esa norma con el resto del cuerpo de leyes o sistema normativo, para evitar caer en unilateralimos o interpretaciones que incurran en contradicción. Con los objetivos así alcanzados, deberá cotejarlos con lo que podría denominarse el legislador histórico, y ver qué es lo que pensó en su momento y cómo puede enlazarse con lo anterior, entendiendo que la voluntad del legislador histórico no es determinante, sino tan solo uno de los medios para llegar a nuestro objetivo. Finalmente, buscar los fines que persiguen la norma, el instituto o el ordenamiento jurídico, lo que indudablemente implica una decisión valorativa, que debe calzar con el resto del ordenamiento. 2

La interpretación en el análisis de constitucionalidad de las leyes, se la realiza en dos ópticas: la interpretación desde la Constitución y la interpretación de la Constitución.

Interpretación desde la Constitución

El artículo 2672 de nuestra Constitución determina que todo el ordenamiento jurídico debe mantener conformidad con los preceptos constitucionales. La determinación del cumplimiento de esta armonía se efectúa a través de la denominada interpretación desde la Constitución, según la cual «toda norma jurídica debe ser interpretada según los preceptos y principios constitucionales y únicamente serán consideradas inconstitucionales al ordenamiento constitucional. La presunción de constitucionalidad de toda norma legal ayuda a la apropiada aplicación de este principio». 3

Interpretación de la Constitución

El objeto de la interpretación de la Constitución es encontrar un sentido a las normas constitucionales, sus nexos, sus concordancias, ejercicio que constituye fundamental también en el análisis de la constitucionalidad de las leyes, pues, para ello es preciso, conocer de manera profunda la normativa constitucional, superando, a través de su interpretación las lagunas, vacíos, contradicciones que pudieren existir en ella.

El ejercicio de la interpretación constitucional, constituye, a no dudarlo, una herramienta fundamental en el control de la constitucionalidad de las leyes.

1. Pablo Lucas Verú, Curso de Derecho Político, Madrid Editorial Tecnos, 1986, p 529-530
2. Anuario de Derecho Constitucional Latinoamericano Biblioteca Jurídica Dike, Medellín-Colombia, 1996, p. 67
3. Comisión Andina de Juristas, Derechos fundamentales e interpretación constitucional, Lima, 1997, p. 2-43