LA MUJER ABOGADA EN EL ECUADOR

Autor: Dra. Mariana Yepez Andrade

Muy fácil resulta hoy decir que la mujer tiene iguales derechos y
oportunidades que el hombre, lo cual a veces no deja de ser meramente
declarativo; sin embargo hace setenta años ello era una utopía, un sueño. La
mujer en el año 1947 cuando todavía los fulgores de la Revolución de Mayo
permanecían en el País, estaba totalmente apartada del quehacer público y no se contemplaba la posibilidad, siquiera
lejana, de que una mujer fuera dirigente política, candidata, líder, jueza, etc.

En ese contexto, dos mujeres emprendieron el camino universitario,
sin lugar a dudas con un cúmulo de dificultades; se graduaron como doctoras en
Jurisprudencia en la Universidad Central del Ecuador y su entereza así como su
vocación por el derecho, las ha convertido en verdaderas baluartes de las
mujeres abogadas. Me refiero a las doctoras Isabel Robalino y Dora Leonor Bastidas,
que construyeron puentes generacionales para
abrir el camino y facilitar el paso a otras mujeres que con
posterioridad hemos sabido abrigar la misma profesión, con idéntica finalidad:
la consecución de la justicia, utilizando la ley como instrumento y el derecho
como medio.

La presencia de la mujer en la Universidad es uno de los tres
elementos que coadyuvaron a la liberación del trabajo doméstico como una forma
de vida. Hoy no existen carreras, ni instituciones públicas o privadas sin
mujeres. Es así que las Escuelas de Derecho tienen un porcentaje femenino alto
y la ubicación laboral de las Abogadas se ha incrementado, pero todavía no en
cargos decisorios pese a su preparación y experiencia; no obstante, es
necesario relievar que su participación profesional es inimaginable a la de las
generaciones anteriores.

El desempeño de la profesión de abogadas por parte de las mujeres
no es nuevo en la historia de la humanidad. En Roma las mujeres lo hicieron
hasta que les fue prohibido por edicto, debido a que Caya Afrania, acostumbraba
molestar al pretor con la violencia de sus arengas, por lo que se les facultó
abogar tan solo para si mismas.

Con el desarrollo cultural, las funciones de los abogados y de las
abogadas están dadas por la definición de Abogacía que no es sino la profesión
y el ejercicio de abogar, que a su vez es defender en juicio por escrito o de
palabra, y para lo cual es necesaria la pericia en el derecho, aunque el
ejercicio profesional no es únicamente de litigio sino de otros campos como la
asesoría, la cátedra, la consultoría, la judicatura, entre otros.

Las abogadas que hoy representamos un número significativo en el
foro, tenemos la posibilidad de construir normas, porque poseemos conocimientos y la vivencia de
discriminaciones que nos permite sensibilizarnos ante las verdaderas
necesidades de la mujer, por lo que debemos transversalizar en la actividad profesional
la defensa de los derechos fundamentales de las personas, pues sentimos que la
Ley nos ampara para hacer valer su contenido.

El desarrollo de los derechos humanos está marcado por grandes
acontecimientos, y ha tenido como espacios valederos reuniones, conferencias,
convenciones, tratados, convenios y declaraciones internacionales que han
constituido los referentes obligatorios jurídicos y éticos para el cambio de
las legislaciones internas en orden a la actualización de las normas orientadas
al respeto de las garantías sociales y políticas. En estos eventos y debates ha
sido decisiva la participación de las mujeres abogadas, que luego han luchado
por introducir reformas en los cuerpos legales y constitucionales, como las que
rigen a partir de la Asamblea Constituyente de l998, y que han servido de
sustento a posteriores conquistas plasmadas en las leyes, siendo la de mayor
relevancia el Código Civil y actualmente en la Constitución de la República que
nos rige.

Nos hemos preguntado como alcanzar la igualdad y las respuestas
han sido recogidas en las Conferencias Internacionales,
entre las que se destaca la ?Convención sobre la eliminación de todas las
formas de discriminación en contra de la mujer?, y las declaraciones de las
Naciones Unidas respecto de los derechos humanos de las mujeres, en los cuales sobresale
la necesidad de llegar a la igualdad, siendo uno de los caminos las medidas de
discriminación positiva, y para adoptarlas en la legislación interna obviamente
intervinieron las mujeres abogadas. Del mismo modo, fuimos abogadas quienes
estuvimos presentes en la Comisión Interamericana de Mujeres para elaborar
propuestas, discutir, formular observaciones y luego presentar el documento
final para la aprobación de la Convención de Belén do Pará sobre la Violencia
contra la Mujer.

En el año 1995, algunas mujeres abogadas nos organizamos bajo la
iniciativa de la doctora Luzmila
Rodríguez, para formar una asociación y generar el interés en unir a mujeres
vinculadas por la misma profesión e igual interés por el derecho y la justicia con
el objeto de lograr propósitos comunes de mejoramiento de los espacios legales
en que se desenvolvería la mujer. Ella debe ser recordada en esta fecha por ser
la gestora de que las mujeres abogadas hayamos formado una asociación con el
auspicio de la Federación Internacional de Abogadas. Ella inició la lucha por
el empoderamiento de la mujer abogada, con
el fin de crecer y trabajar en programas que beneficien a la mujer y a la
familia en el ámbito jurídico.

Entre las múltiples responsabilidades de las mujeres abogadas en
la sociedad civil actual está la difícil, noble e incomprendida tarea de
juzgar; que es quizá el espacio al que un mayor número de mujeres abogadas han
accedido. La Fiscalía tenía incorporadas políticas de género en su quehacer
institucional, por cuya razón incrementó
el personal femenino especializado en derecho penal sustantivo y adjetivo.

Hay abogadas que legislan, conforman gabinetes, gobiernos
seccionales, asesoran o dirigen departamentos jurídicos en entidades del sector
público o privado, mientras que otras han escogido la vida académica, siendo a
mi entender, mas sacrificado el ejercicio diario de su profesión, en el cual
deben enfrentar no solamente a la contraparte, sino también a sesgos de género
propios de la cultura legal.

Si bien debemos luchar por una mayor afirmación profesional, las
mujeres debemos consolidar nuestra formación cívica y nuestro compromiso con el
tipo de sociedad que deseamos y en ese proceso debemos saber exigir una actitud
responsable de todos.

La Abogacía implica mística y el éxito de su ejercicio se mide por
el talento y la moral de quienes han alcanzado esta noble profesión; a las mujeres
nos corresponde mantener la
respetabilidad de la misma, ?tener fe en el derecho como el mejor instrumento
para la convivencia humana? y siguiendo las enseñanzas de Eduardo Couture,
considerar a la Abogacía ?como una ardua fatiga puesta al servicio de la Justicia.

Dra. Mariana Yépez Andrade,

[email protected]