Lic. Adita Jácome Villalva

Área Legal CECIM

La trata de personas es un delito contra los derechos humanos que está considerado como la nueva forma de esclavitud del siglo XXI, que al igual que las drogas y el tráfico de armas, mueve millones de recursos en el mundo.

¿Qué entendemos por trata de personas?

Trata de personas es “la captación, el transporte, el traslado, la acogida o la recepción de personas, recurriendo a la amenaza o al uso de la fuerza u otras formas de coacción, al rapto, fraude, engaño, abuso de poder u otra situación de vulnerabilidad o a la concesión o recepción de pagos o beneficios para obtener el consentimiento de una persona que tenga autoridad sobre otra, con fines de explotación. Esa explotación incluirá, como mínimo, la explotación de la prostitución ajena u otras formas de explotación sexual, los trabajos o servicios forzados, la esclavitud o las prácticas análogas a la esclavitud, la servidumbre o la extracción de órganos” según definición contemplada en el Art. 3 del Protocolo para prevenir, reprimir y sancionar la trata de personas, especialmente mujeres y niños; instrumento internacional suscrito en Palermo en el 2000 y que el Ecuador lo ratificó en el 2004.

En nuestra legislación, es a partir del año 2005, que la trata de personas se tipifica como delito de acuerdo a nuestro Código Penal. Siendo sus elementos constitutivos el promover, inducir, participar, facilitar o favorecer la captación, traslado, acogida, recepción o entrega de personas recurriendo a la amenaza, violencia, engaño o cualquier otra forma fraudulenta, con fines de explotación ilícita con o sin fines de lucro, aún cuando medie el consentimiento de la víctima. Cabe aclarar que el consentimiento de la víctima en caso de niños, niñas y adolescentes es irrelevante.

Este delito no es nuevo en su concepción, ya que anteriormente existía el delito de trata de negros que consistía en el tráfico ilegal de personas de raza negra para mantenerlos como esclavos; posteriormente se le denomina trata de blancas por presentar una variante que consistía en que la víctima era una mujer de raza blanca, privada de su libertad y sometida a explotación sexual y prostitución.

Es importante resaltar que la trata de personas no solamente es externa, es decir que se lleva a las personas de un país a otro para explotarla en diversas formas; sino también interna o sea que se la realiza dentro del mismo país, por ejemplo se capta a niños y niñas para que mendiguen en las calles de la ciudades, o se los hace pasar como sus hijos enfermos para conmover a los transeúntes y obtener dinero.

Fines de la Trata de Personas:

La trata de personas es un delito que tiene diversas finalidades, entre las que están:

Explotación Sexual Comercial: Este tipo de trata se da tanto externa como internamente, consiste en prostituir a la víctima, utilizarla para el turismo sexual es decir actividades turísticas que incluyan servicios de tipo sexual, en pornografía, o pedofilia en caso de adolescentes, niños y niñas.

Explotación Laboral: Consiste en trabajos extenuantes y casi o nada remunerados, en fábricas o en el servicio doméstico, principalmente se da en aquellos casos en los que la víctima es llevada al extranjero.

Extracción de Órganos: las personas son plagiadas, con el objeto de extraer sus órganos como córneas, riñones, etc.

Reclutamiento con fines militares: Es el reclutamiento forzado, principalmente de jóvenes que son entrenados y utilizados para enfrentamientos armados, estos casos se han presentado en distintos países, tanto en las fuerzas regulares e irregulares de los países.

Reclutamiento con fines delictivos: Es la captación forzada de personas para el cometimiento de ilícitos.

Mendicidad: forzar a una persona para que pida limosna.

Matrimonios serviles, forzar a una persona para contraer matrimonio y explotarla

Embarazos forzados: cuyo principal objetivo es obtener el fruto del embarazo

¿Quiénes son las víctimas de este delito?

El grupo con mayor vulnerabilidad para este tipo de delito, lo constituyen niñas, niños, adolescentes, mujeres y hombres que se encuentran en situación de pobreza, falta de empleo y poco acceso a la educación; que busca un medio de subsistencia, aun a costa de grandes riesgos o abandonando el hogar, con el único fin de mejorar su situación económica y la de su familia.

Las víctimas sufren explotación, violencia, y se encuentran en situación irregular puesto que, en muchos casos son llevadas a otros países, en donde se les arrebata sus documentos, se les intimida y amenaza con hacer daño a sus familiares, denunciarlas en migración, entre otras, para que hagan lo que los tratantes les obligan, a cambio de seguir cancelando su supuesta deuda. En definitiva, son tratadas como mercancía a la que cuidan con la finalidad de venderlas al mejor postor.

¿Qué mecanismos emplean los tratantes para captar a las víctimas?

Las víctimas son atraídas a través del falso enamoramiento, de supuestas amistades, de promesas para obtener trabajo con excelente remuneración; o facilitar su ingreso a otro país que le permita mayores oportunidades de empleo con mejores condiciones laborales y salarios altos; promesas de conseguir mejor educación; o, de un matrimonio que le provea estabilidad o una nacionalidad que le garantice mejor situación.

Se vinculan a través de agencias de empleo, modelaje, bares, karaokes, entre otros; en donde se les seduce con promesas de un futuro promisorio, incluso el o los tratantes ofrecen correr con los gastos de viaje como: pasaporte, visa, permisos de salida en caso de menores de edad, pasajes, y otros. Una vez que la joven llega a su destino, el tratante se apodera de sus documentos, generalmente la aísla, indicándole el costo que debe cancelar por los trámites realizados y luego a través de intimidaciones, amenazas, torturas, violaciones y otros mecanismos, somete a la víctima para que realice las actividades que le dispone con el objetivo de solventar el pago de la deuda contraída.

Sanciones a la trata de personas

Nuestro Código Penal establece las siguientes sanciones para los casos de trata de personas:

– De 6 a 9 años de reclusión menor ordinaria para la persona que cometa el delito de Trata de Personas;

– De 9 a12 años de reclusión menor extraordinaria si la víctima fuere menor de 18 años;

– De 12 a 16 años de reclusión mayor extraordinaria si existieren agravantes como:

· Que la víctima sea menor de 14 años,

· Que el infractor sea cónyuge, conviviente, o pariente hasta 4to grado de consanguinidad (padre, madre, abuelos /as, tíos/as, primos/as) y segundo de afinidad (suegro/a, yerno, nuera);

· Que la víctima como consecuencia del delito sufra un daño permanente sea físico o psicológico; y,

· Que para el cometimiento del delito se haya aprovechado la vulnerabilidad o incapacidad de la víctima para resistir la agresión

Particularidades de la trata de personas

Debemos recordar que en la trata de personas, confluyen varios delitos entre ellos: el tráfico ilegal de personas, el plagio, torturas, tráfico y extracción de órganos, violación, rufianería, por citar algunos; pero no quiere decir que todos estos delitos se presentan en cada caso de trata, existen variaciones.

¿Dónde podemos denunciar?

Si sospechamos que una persona es víctima de Trata, o estamos sometidas /os a Trata, se puede denunciar en: