Las telecomunicaciones podrían, al fin, cambiar radicalmente

Por: Clemente José Vivanco
ESTUDIO JURIDICO VIVANCO Y VIVANCO

L AS TELECOMUNICACIONES SON UN SECTOR en el que están en jugo muchos intereses, tanto económicos como políticos. El obsoleto marco regulatorio de las telecomunicaciones, vigente en el país, ha impedido que nuevos operadores entren al mercado e introduzcan modernos y eficaces servicios que en último término beneficiarían a la sociedad.
El 30 de agosto de 1995 se realizaron las últimas reformas importantes a la Ley Especial de Telecomunicaciones, que permitieron el aparecimiento de nuevos servicios tales como el Internet, la transmisión electrónica de datos y la telefonía móvil celular. Sin embargo, en mundo de las telecomunicaciones cambia vertiginosamente y luego de cinco años, se torna imprescindible realizar nuevas reformas. Para esto, el CONAM y un grupo de asesores del sector público han trabajado por más de un año en la elaboración de un Proyecto de Ley de Telecomunicaciones, luego de haber estructurado más de diez anteproyecto, por lo que al parecer surge uno definitivo.

En busca de la lbire competencia

A pesar de ser un proyecto realizado por funcionarios del sector público, quienes en ningún momento solicitaron la opinión de las empresas privadas de telecomunicaciones, este proyecto idealiza la libre competencia en el sector. Después de varios meses de trabajo, el CONAM ha llegado a pulir el Borrado signado con el número 18B del Proyecto de ley.
Entre los principios básicos se destacan el de la libre iniciativa, la libre competencia en el sector de las telecomunicaciones, el país seguirá teniendo servicios de pésima calidad con precios más altos que el promedio internacional, como es el caso de los servicios prestados por vicios de telecomunicaciones así, todo el trafico ilegal con dudosas complicidades y sin escandalos es superior al 50% por lo que al reducir las tarifas se legaliza el tráfico este aumenta y entonces realmente el estado recibe más recursos. El proyecto de ley da un paso adelante al establecer la libre competencia en el sector de las telecomunicaciones condenando los monopolios y la competencia desleal.

Seguridad para el inversionista

La libre competencia en sí, es muy beneficiosa para el nuevo inversionistas que podrá entrar a competir en el mercado en condiciones igualitarias al resto de operadores. El órgano regulador podrá conceder títulos habitantes para que nuevos operadores entren al mercado. Los servicios públicos de telecomunicaciones que son básicamente los de telefonía fija local, nacional e internacional necesitarán de una concesión para poder ser ofrecidos. La prestación de servicios comerciales de telecomunicaciones requerirán una autorización o un permiso según sea el caso. Entre los servicios comerciales de telecomunicaciones se encuentran los de telefonía móvil celular, la transmisión de datos, los servicios troncalizados y el internet. Para utilizar el espectro radioeléctrico, el ente regulador deberá otorgar una concesión. Estas son las principales formas para obtener la autorización por parte del órgano regulador para prestar servicios de telecomunicaciones en este punto debe ratificarse a la liberalización total del internet con su variedad de servicios.
En cuanto al control, se le otorga a la Superintendencia de Telecomunicaciones la obligación de controlar la adecuada prestación de servicios. Este ente de control podrá además aplicar sanciones a las empresas que con sus actuaciones atenten contra las telecomunicaciones. Estas sanciones pecuniarias pueden ascender hasta 500.000 unidades de valor constante. Esto permite precautelar el buen desenvolvimiento del mercado de las telecomunicaciones y limitar los abusos de esta institución que ha pretendido convertirse en la dictadura del sector. Entre las prácticas sancionadas están el incumplir las estipulaciones contractuales suscritas con los usuarios, negarse a suministrar la información solicitada por el CONATEL o por la SUPTEL, cobrar por la prestación de servicios de telecomunicaciones precios o tarifas superiores a los establecimientos por el organismo de regulación, incumplir con los índices de calidad, producir interferencias perjudiciales a estaciones de radiodifusión o televisión, o la prestación de servicios que no correspondan al objeto del título habilitante.
Para garantizar el debido proceso y para evitar posibles abusos por parte de las autoridades de control, el artículo 112 del proyecto de ley establece que las sanciones impuestas por la Superintendencia de Telecomunicaciones podrán ser impugnadas ante el Consejo Nacional de Telecomunicaciones y estas a su vez frente al Tribunal Contencioso Administrativo.

Organos de las telecomunicaciones

El proyecto busca eliminar los tediosos, largos e inútiles procesos burocráticos. Le otorga al CONATEL la calidad de persona jurídica de derecho público, con autonomías financieras, administrativas y operativa, y lo constituye como el organismo de regulación. Este Consejo estará integrado por cinco delegados del Presidente de la República, uno de los cuales lo presidirá al Superintendente, por la experiencia de que no puede ser juez y parte se le priva del voto y solo podrá informar cuando CONATEL lo requiera. En la actualidad, el CONATEL esta integrado por un representante del Presidente de la República, el Jefe del Comando Conjunto de las Fuerzas Armadas, el Secretario General del Consejo Nacional de Desarrollo, que ya no existe, el Secretario Nacional de Telecomunicaciones, el Superintendente de Telecomunicaciones, un representante designado conjuntamente por las cámaras de la Producción y el representante legal del Comité Central Unico Nacional de los Trabajadores de EMETEL que tampoco existe. Esta estructura le impide introducir los cambios necesarios en el área de telecomunicaciones.
Tambuestras telefónicas. Más operadores en el mercado, cuya actividad esté debidamente reglamentada, se traduce en mejores servicios a precios competitivos. Lejos de ser una declaración teórica, la libre competencia en el proyecto de ley es una realidad claramente reflejada en los procedimientos de obtención de las autorizaciones para operar, en las funciones del ente regulador, y en la obligatoriedad de interconexión.
El artículo 72 del proyecto de ley obliga a los operadores de redes públicas interconectarse y permitir la interconexión con otras redes de operadores que lo soliciten, en cualquier punto que sea técnicamente factible. Para esto, se deberán observar principios de igualdad, no discriminación, neutralidad y libre competencia a cambio de la debida retribución que deberá ser uniforme, equitativa y a su vez, no discriminatoria. Las empresas que deseen convertirse en operadoras de telecomunicaciones deberán tramitar el correspondiente título habilitante de operación ante el órgano regulador, el mismo quién se elimina la Secretaría Nacional de Telecomunicaciones, la misma que con las nuevas atribuciones del CONATEL no tiene razón de existir. Se confirma a la Superintendencias de Telecomunicaciones la facultad otorgada por la Constitución Política de la República limitando su actividad. Al control y supervisión en relación con el cumplimiento de los contratos de concesión para la prestación de los servicios públicos de telecomunicaciones y para el uso del espectro radioeléctico. Sin embargo, el artículo 99 del proyecto de ley establece las causales por las cuales el Congreso Nacional podrá destituir al Superintendente, entre las que están el cometimiento de infracciones en el desempeño de sus funciones, la ineptitud manifiesta, y el auto de apertura a plenario en su contra. Por su parte, el CONATEL, basado en cualquiera de las causales establecidas para el efecto, podrá solicitar al Congreso Nacional la remoción del Superintendente de Telecomunicaciones, recordando que el proyecto de Ley entre el CONAM y el CONATEL fue alterado pretendiendo hacer del Superintendente el Dios de las telecomunicaciones.

Beneficios colectivos

Este nuevo proyecto también establece claros beneficios a favor de la colectividad. Se crea el Fondo de Desarrollo de las Telecomunicaciones (FODOTEL) el mismo que se destinará a financiar la prestación de servicios de telecomunicaciones en las áreas rurales y urbano marginales. Este fondo estará financiado por las contribuciones que deberán hacer las empresas de telecomunicaciones tomando como base la totalidad de sus ingresos. EL FODOTEL no será otro organismo burocrático de prebendas y favoritismos ni burocracia dorada muy por el contrario, será un simple fondo económico que será administrado por el CONATEL a través de un fideicomiso.
Con el fin de extender la cobertura de las telecomunicaciones a todos los ecuatorianos, la nueva ley establece la obligación de prestar los servicios de telefonía fija local, nacional e internacional todos los habitantes del territorio nacional, sin perjuicio de su condición económica, social o su localización geográfica, a un precio asequible y con la calidad debida. En cuanto a las tarifas de todos los servicios de telecomunicaciones, el proyecto establece que el organismo de regulación los controlará en caso de que no aprecie un adecuado desenvolvimiento de la libre competencia en un sector concreto del mercado.
El último año, el CONAM ha elaborado al menos diez proyectos de ley de Telecomunicaciones, de los cuales el último (signado con el número 18B) es el que más se adapta a la realidad nacional y con el cual las telecomunicaciones en el país podrán seguir desarrollándose en beneficio de la sociedad ecuatoriana. Esperemos que el Ejecutivo aproveche de este esfuerzo del CONAM y envíe el proyecto de ley al Congreso Nacional, con el fin de impedir que las telecomunicaciones naufraguen y seremos el último país de América.
Se lo concederá siempre que se justifique técnica y económicamente la solicitud. De esta forma, las empresas se disputarán el mercado con nuevos e innovadores servicios a precios cada vez más bajos. Por poner un ejemplo, de darse la liberalización de las llamadas internacionales, el precio actual de US$0,90 (promedio) podría bajar a US$0,20. Es indispensable que con esta competencia el más beneficiado es el consumidor final que se verá en la beneficiosa disyuntiva de escoger entre diversos proveedores de serién se elimina la Secretaría Nacional de Telecomunicaciones, la misma que con las nuevas atribuciones del CONATEL no tiene razón de existir. Se confirma a la Superintendencias de Telecomunicaciones la facultad otorgada por la Constitución Política de la República limitando su actividad. Al control y supervisión en relación con el cumplimiento de los contratos de concesión para la prestación de los servicios públicos de telecomunicaciones y para el uso del espectro radioeléctico.