«DERECHOS HUMANOS DE LOS MIGRANTES ECUATORIANOS: Mecanismos para su adecuada protección

Por: Dra. María Elena Moreira
Diplomática del Servicio Exterior Ecuatoriano
Profesora de la Universidad Católica de Quito.
www.humanrightsmoreira.com

1. Factores internos y externos de la migración regular e irregular.

El Ecuador culminó el siglo veinte con la agudización de la peor crisis económica y social de su historia, la misma que es el resultado, entre otros, de la inequidad económica y social interna, de la corrupción casi generalizada en el ámbito público y particularmente en el ámbito privado, a lo que se suman factores externos comunes a la mayoría de los países latinoamericanos como son el deterioro de los precios de las materias primas en los mercados internacionales, el proteccionismo de los mercados de los países desarrollados y los duros programas de austeridad, impuestos desde el exterior, factores que han generado una disminución notable en los índices de desarrollo humano.
La crisis ecuatoriana, como la de tantos países, terminó con años de progreso para mejorar el nivel de los habitantes y complicó la presencia del país en la economía mundial. Sin embargo, la crisis no sólo es económica, sino moral, social y política, es decir integral. Esta crisis, así definida, ha puesto en peligro la estabilidad social y alienta el deterioro de la institucionalidad democrática y la paz civil.
Bien podría afirmarse, conforme la doctrina internacional de protección de los derechos humanos, que este panorama implica una seria violación a los derechos económicos, sociales y culturales de los pueblos, que ha incidido inclusive en la protección a los derechos políticos y civiles, ya que se ha vulnerado el bienestar del ser humano y por ende, su dignidad como persona.. Y es en este ámbito donde la responsabilidad internacional cobra especial trascendencia, como se mencionó en Seminario Nacional sobre los Derechos de los Migrantes Ecuatorianos, «cuando el proceso de desarrollo de los países se ve influenciado por los efectos de la «globalización» y de las grandes brechas que dividen a los países económicamente más poderosos y a los países pobres, que constituyen limitaciones a los esfuerzos nacionales que realizan los países en desarrollo para mejorar la calidad de vida y el bienestar de sus poblaciones.»
Como consecuencia de esta grave crisis integral por la que ha atravesado y atraviesa el Ecuador, en los tres últimos años se ha incrementado considerablemente el número de ciudadanos ecuatorianos que emigran hacia otros países, principalmente hacia Europa y los Estados Unidos y que lo hacen en condiciones de irregularidad. La migración regular es mínima en comparación con la irregular. Se han recibido denuncias constantes por parte de compatriotas, de haber sufrido malos tratos y, en algunos casos torturas, así como otros comportamientos discriminatorios en aeropuertos y puntos de desembarque o de tránsito hacia esos países. En algunas ocasiones el deseo de trabajar en el exterior ha llevado a algunos ciudadanos a arriesgar su propia vida, realizando viajes peligrosos o tomando rutas en las que son explotados y maltratados por individuos que trafican con personas. Es preocupante el número de ecuatorianos que han fallecido como consecuencia de haber transitado por estas vías.
El nefasto panorama de alta vulnerabilidad de los ciudadanos ecuatorianos que emigran irregularmente hacia el exterior debe ser una preocupación constante y su disminución y erradicación tienen que estar sujetas a medidas urgentes y prioritarias de la agenda pública del Estado ecuatoriano, con el apoyo de toda la colectividad.

Este ensayo pretende realizar una reflexión sobre el tema, dando énfasis en las medidas iniciadas por el Estado y la sociedad civil ecuatoriana y, particularmente, abordar posibles soluciones desde el ámbito del derecho internacional de los derechos humanos, así como desde la jurisdicción interna y la realidad social del país. Ya que la crisis que ha generado este éxodo masivo es integral, las soluciones al problema deben ser integrales y adoptadas desde todos los ámbitos de la sociedad: público, privado, comunitario, local e individual, a través de la elaboración de un programa conjunto de toda la comunidad ecuatoriana, en el cual se incluyan los elementos de una política migratoria dentro y hacia el exterior, apegada a las normas y principios internacionales de respeto a la dignidad de la persona humana.

2. La condición de vulnerabilidad del migrante irregular ecuatoriano.

2.1. Las condiciones migratorias de los países receptores y los riesgos de la migración irregular.

El derecho internacional reconoce la potestad soberana que asiste a cada país para determinar las normas que regulan la migración y acceso de extranjeros a sus jurisdicciones territoriales. Sin embargo, al amparo de los principios universales del derecho internacional y de los derechos humanos, ello no obsta para que se incumpla la obligación de los Estados de respetar irrestrictamente la dignidad humana, la libertad y la integridad física de todo ciudadano que se desplaza de un país a otro, independientemente que tenga o no su documentación en regla.

Las condiciones migratorias que exigen los países receptores a los migrantes de países en desarrollo no son coherentes con las tendencias de libre mercado y libre tránsito de personas que propugnan los países ricos, ya que son altamente restrictivas y coadyuvan, de alguna manera, a la migración irregular. Si los requisitos de ingreso a esos países fueran flexibles y acorde con las necesidades de mano de obra y otros factores de su economía, el tráfico internacional de personas disminuiría notablemente.

Se ha comprobado que los países desarrollados (Europa y Estados Unidos) han requerido en los últimos años y requieren de migrantes para el crecimiento de su economía. Así, «al abrir una nueva demanda de trabajo en todos los niveles de la escala laboral, produjeron esta ola migratoria, que coincide con uno de los períodos más graves de crisis económicas en los países en desarrollo, donde el modelo económico impuesto ha sido de una apertura económica, basada en normas macroeconómicas de crecimiento sustentadas en la explotación del trabajo en beneficio del capital.»

Si, según las Naciones Unidas, los países desarrollados requieren una migración de por lo menos un millón de trabajadores por año, a lo largo de una década, para mantener su ritmo de crecimiento económico e incrementar su tasa poblacional, no se justifican las condiciones migratorias restrictivas impuestas a los países en desarrollo. Ya algunos países europeos están tomando conciencia de esta necesidad y adoptando medidas para que la importación de mano de obra se la realice de manera legal, garantizando a los trabajadores migrantes todos los derechos establecidos en su legislación, particularmente en cuanto a salarios y seguridad social.

Si bien hay otros caminos mucho más formales que utilizan los ecuatorianos para trabajar en el exterior, como es el hecho de ir de turista y luego quedarse, el «coyoterismo» o tráfico ilegal de personas sigue siendo el más generalizado, debido precisamente a las restricciones migratorias de los países receptores.
La migración irregular bajo estas condiciones genera una condición de altísima vulnerabilidad del migrante que se inicia desde su comunidad de origen, cuando el traficante y el usurero a cambio de sus servicios imponen al migrante y sus familiares deudas sobrevaloradas e ilegales y el sometimiento de sus bienes; durante el país de tránsito, cuando es sujeto de torturas o maltrato físico, psicológico, moral y sexual, para el caso de mujeres y niñas e inclusive de desaparición forzada o extrajudicial; y, en el país receptor cuando no se le conceden todos los derechos laborales y de seguridad social que le corresponderían como trabajador, acorde con la legislación nacional de ese país, o cuando es explotado laboralmente y sujeto a formas de servidumbre o esclavitud, contrarias al derecho internacional.

La migración irregular no solamente somete al migrante a una grave vulnerabilidad, sino que esta condición incide también en los familiares que quedan en las comunidades de origen. Las consecuencias de la migración irregular son: a) De índole individual, que se evidencia en la baja estima y trastornos psicológicos, particularmente de hijos e hijas, principalmente menores de edad, que van desde la drogradicción, deserción escolar hasta el suicidio, en ciertos casos, por la separación de sus padres y el vacío emocional que ello conlleva. Los niños y niñas y adolescentes que se quedan en el país están expuestos también a maltrato físico, psicológico y sexual por parte de los parientes que se quedan a cargo de ellos. b) De carácter familiar, con la desintegración de las familias y, lo que es más grave la ruptura familiar (divorcios, separaciones, niños y niñas que no conocen a sus padres, etc). c) De índole comunitario: ruptura cultural y social con la comunidad de origen, fuga de cerebros y de mano de obra calificada y no calificada y para el caso del migrante, dificultad en la adaptación social al nuevo entorno del país receptor

2.2. Las ventajas de la migración regular.

En comparación con la migración irregular, la migración regular trae una serie de ventajas, las cuales, bajo parámetros de apego a las normas internacionales de derechos humanos, impulsan a que la migración regular sea alentada y promovida por todos los sectores sociales involucrados con el tema.

En primer lugar, la migración regular permite un desplazamiento desde el país de origen hasta el de destino no sujeto a los riesgos físicos y morales expuestos con anterioridad. De igual manera, desaparece el tráfico ilegal y el sometimiento por deudas, ya que bajo parámetros legales, aún cuando se adquiera una deuda para el viaje, esta será cancelada con apego a las normas legales.

En segundo lugar, el migrante al ser contratado legalmente es sujeto de todos los derechos civiles y sociales que le concede la normativa interna del país receptor, esto es, salario, seguridad social, salud, educación para los hijos, etc.

En tercer lugar, el proceso de adaptación e inserción en la comunidad receptora es más fácil, ya que no está sujeto a las condiciones de inestabilidad y a las tensiones que implican encontrarse en una situación de ilegalidad, en la cual podría ser sancionado o deportado en cualquier momento.

Finalmente, si la migración es legal, el proceso de reunificación familiar se da de manera abierta y flexible y los familiares se sienten seguros de que esta situación es factible de realizarse, aún cuando demore algún tiempo. Esto genera mayor estabilidad emocional, en el ámbito individual y familiar. También el migrante está en total libertad de volver a su país de origen cuando lo desee y de contribuir al desarrollo de su propio país.

Sin embargo, si persisten las condiciones restrictivas migratorias de los países receptores, la migración regular no podrá realizarse con la amplitud y conforme a las necesidades del desarrollo económico mundial. Es preciso, como lo veremos más adelante, que los países de origen y los países receptores negocien convenios migratorios que permitan el flujo normal de migrantes, bajo condiciones de legalidad, en apego a las normas internacionales de derechos humanos y en los que se determinen beneficios mutuos bajo parámetros de verdadera reciprocidad entre las partes.

3. Medidas iniciadas por el Estado ecuatoriano y la sociedad civil.

El Estado ecuatoriano ha tomado algunas medidas iniciales para combatir las causas y los efectos de la migración irregular. Lo propio ha realizado la sociedad civil. Sin embargo, falta aún mayor coordinación entre los dos sectores para que estas iniciativas surtan los logros esperados. Uno de los pocos espacios de concertación entre ambos sectores se ha dado con la elaboración y ejecución del Plan Nacional de Derechos Humanos del Ecuador, adoptado como política de Estado en junio de 1998, a través de la formulación y seguimiento del Plan Operativo sobre los Derechos Humanos de los Migrantes, Extranjeros y Refugiados.

3.1. En el ámbito internacional:

3.1.1. El Ecuador, a través del Ministerio de Relaciones Exteriores, promovió la Resolución 2001/56, «Protección de los migrantes y de sus familias«, que fue adoptada en el seno de la Comisión de Derechos Humanos de las Naciones Unidas el 24 de abril de 2001.

Esta Resolución promueve, entre otros aspectos, la reunificación familiar de los migrantes con sus familias; la protección de los derechos humanos de las familias de los migrantes que permanecen en los países de origen, prestando especial atención a los niños y adolescentes cuyos padres han emigrado; facilitar de manera rápida y sin restricciones la transferencia de los ingresos, bienes y pensiones de los migrantes a sus países de origen; la protección de los derechos laborales de los migrantes; la adopción de medidas para impedir la violación de los derechos humanos de los migrantes en países en tránsito, puertos, aeropuertos, fronteras y puntos de control de migraciones; la lucha contra el tráfico internacional de migrantes y la protección contra la explotación e intimidación de los traficantes y las organizaciones delictivas.

3.1.2. El Ecuador ratificó recientemente (enero de 2002) la Convención Internacional sobre la Protección de los Derechos de todos los Trabajadores Migratorios y sus Familiares, adoptada en el seno de las Naciones Unidas en 1990, haciendo el depósito de ratificación en la Secretaría General de las Naciones Unidas en Nueva York.

Este es un paso fundamental para proteger a los ecuatorianos migrantes, ya que es aplicable durante todo el proceso de migración, esto es, desde la preparación para la migración, la partida, el tránsito y todo el período de estancia y de ejercicio de una actividad remunerada en el estado receptor, así como el regreso al estado de origen o al estado de residencia habitual.

El Tratado constituye el logro más significativo con respecto a la protección de los derechos de los migrantes ya que reafirma y establece normas para los derechos humanos básicos de los migrantes y sus familias. El texto contiene, entre otros, los siguientes aspectos: asegura la protección de los derechos humanos fundamentales de los migrantes; reconoce la posibilidad de acudir a los tribunales y cortes de justicia en igualdad de condiciones que los nacionales del Estado que recibe la migración; permite la protección efectiva de los migrantes a través de los representantes diplomáticos y consulares del país de origen; admite la posibilidad de la transferencia de sus ingresos a sus países de origen; desalienta la inmigración ilegal y la competencia desleal de mano de obra; prevé la prohibición de la expulsión colectiva, únicamente se podrá expulsar de manera individual, previó el análisis de cada caso y en cumplimiento de una decisión adoptada por autoridad competente conforme a la ley y prohíbe la detención o prisión arbitrarias, individual o colectiva de migrantes; prevé también normas de protección al migrante cuando sea detenido por causas legales, respetando los principios del debido proceso, reconocidos internacionalmente. Todos estos derechos fundamentales son reconocidos a los trabajadores migratorios y sus familias, se encuentren o no en situación regular, sean documentados o indocumentados.

3.1.3. El Ecuador, suscribió en noviembre de 2000 la Convención de las Naciones Unidas contra la Delincuencia Organizada Transnacional y sus Protocolos Adicionales contra el Tráfico Ilícito de Migrantes por Tierra, Mar y Aire y para Prevenir la Trata de personas, especialmente Mujeres y Niños.

Estos instrumentos son aplicables a todos los Estados Parte y, por ende, permiten la persecución penal y extradición en cualquier Estado Miembro de los delincuentes internacionales. Es decir, el principio de justicia universal por violación a los derechos humanos está latente en este Tratado y sus Protocolos.
Simultáneamente a la adopción de la citada Convención se creó el Centro para la Prevención del Crimen Internacional, bajo la premisa de que «la globalización ha brindado el ambiente para la internacionalización de las actividades delictivas. Los sindicatos internacionales del crimen han expandido significativamente el espacio de sus operaciones desde el narcotráfico y el comercio de armas, hasta el lavado de dinero. Los traficantes manejan hasta cuatro millones de migrantes ilegales cada año, generando ganancias entre cinco y siete billones de dólares. El efecto destructivo de la corrupción en las economías de todo el mundo ha aumentado» . El centro, cuya sede está en Viena, busca mecanismos que permitan la prevención del crimen transnacional, la corrupción y el trafico ilegal de personas.

3.1.4. Ecuador y España suscribieron en enero de 2001 el Acuerdo relativo a la Regulación y Ordenación de los flujos Migratorios, que tiene como antecedentes el Convenio de Doble nacionalidad entre Ecuador y España, de 4 de Marzo de 1964, el Acuerdo sobre supervisión de visados de Octubre de 1963 y el Convenio sobre seguridad social de 1960.

El instrumento permite la legalización migratoria de los ecuatorianos que se encuentren en España o se trasladen a ese país, previamente al cumplimiento de requisitos acordados por ambos países. Dicha legalización permite obtener permisos de trabajo o residencia y otros derechos sociales. Hasta fines de 2001, se han regularizado a través de este Acuerdo alrededor de 25000 ecuatorianos. El Ecuador, a través de la Cancillería ecuatoriana ha iniciado conversaciones con el Gobierno de Italia para suscribir un Acuerdo similar. Para la Organización Internacional para las Migraciones, el Acuerdo con España permitirá una notable reducción de la migración irregular que se efectúa a través del tráfico ilegal de personas.

3.2. En el ámbito nacional:

3.2.1. En seguimiento a la Declaración y el Programa de Acción de Viena sobre Derechos Humanos, aprobados en 1993, el Ecuador promulgó el Plan Nacional de Derechos Humanos en una perspectiva amplia y democrática.

El instrumento establece una concepción integral de los derechos civiles y políticos, económicos, sociales y culturales, recogidos en las declaraciones y tratados internacionales y en la Constitución Política del Ecuador. En lo que respecta a los derechos de los migrantes, el Plan recoge la propuesta de la Sociedad Civil y del Estado, acordada en un Plan Operativo Sectorial que contiene entre otros aspectos los siguientes: a) La protección integral de los derechos humanos del migrante en el país de residencia y en el país de origen; b) La promoción de valores nacionales en el exterior c) Fortalecer los Consulados ecuatorianos d) Facilidades de retorno para migrantes; e) Medidas legislativas y administrativas para el combate del tráfico ilegal de personas; f) Capacitación, difusión y sensibilización de los derechos humanos de los migrantes a nivel de funcionarios públicos, organizaciones de derechos humanos y en la comunidad en general; g) Protección de los derechos de las familias de los migrantes; h) Reforma de programas de estudio que incluya los derechos humanos de los migrantes.

3.2.2. El Ministerio de Relaciones Exteriores ha formulado el Plan Nacional de Ecuatorianos en el Exterior, que fue presentado recientemente a la opinión pública, luego de una exhaustiva consulta a los sectores gubernamentales, de la sociedad civil y de la comunidad internacional.

El Plan recoge actividades específicas para la protección de los derechos de los migrantes y pretende mejorar el sistema jurídico ecuatoriano relativo a la migración. Además contiene actividades de índole económica, social y productiva a favor de los migrantes y sus familias.

Si bien se ha logrado que los citados Planes cuenten con el consenso entre Estado y sociedad civil para su formulación y aprobación, aún es necesario lograr la aplicación de varias actividades que involucran no solamente al Estado sino a toda la comunidad en su conjunto.

4. Otros mecanismos para la prevención y solución de la migración irregular.

Como ya lo anticipamos, en vista de que la migración irregular tiene causas y efectos no solamente económicos sino vinculados a otros ámbitos, es necesario impulsar mecanismos integrales para su prevención y erradicación. Las medidas iniciales tomadas por el Estado y por la sociedad civil, en conjunto o por separado, son muy alentadoras; sin embargo, han estado dirigidas a solucionar los problemas más emergentes de la problemática migratoria irregular, especialmente en lo relativo a los aspectos jurídicos, sin profundizar todavía las raíces profundas del fenómeno. El Plan Operativo de los Derechos Humanos de los Migrantes contiene un acercamiento a las principales causas del problema y establece objetivos específicos para su solución, particularmente en el ámbito educativo y cultural, como ya se mencionó con anterioridad.

4.1. En el ámbito legislativo:

Pese a la norma constitucional que prohíbe el tráfico de seres humanos en todas sus formas (Artículo 23, numeral 4) y a la reforma del Artículo 440 del Código Penal que penaliza el tráfico de personas, se evidencia la impunidad de las redes delincuenciales que trafican con migrantes. Por ello, el Plan Operativo de Derechos Humanos de los Migrantes, Extranjeros y Refugiados prevé la necesidad de armonizar de manera integral la normativa nacional con los compromisos internacionales adquiridos por el Ecuador.

Una de esas reformas podría estar dirigida a la incautación de dinero o bienes que se hayan obtenido como fruto del tráfico de migrantes o de la usura, que tambièn es delito, como sucede con el narcotráfico, ya que está comprobado que en las propias zonas de origen de los migrantes, los traficantes son personas conocidas y que tienen un importante poder económico. Para que esta reforma tenga el efecto deseado es necesario garantizar la debida confidencialidad de las denuncias que presenten los migrantes contra los traficantes y usureros, así como la protección de denunciantes y testigos, que al momento no ocurre por el temor a represalias, hecho que ha impedido que la reforma penal tenga el impacto suficiente.

Otra reforma importante para erradicar la impunidad del tráfico de personas es la que consta en el artículo 37, numeral 4, de la Ley de Migración que penaliza a los falsificadores de documentos de viaje con fines de tráfico ilegal. Sin embargo, mientras no se denuncie a los delincuentes la impunidad por estos crímenes persistirá. El Ministerio de Relaciones Exteriores ha emprendido una reforma sustantiva en el tema de documentos de viaje que implica mayores seguridades para el pasaporte ecuatoriano y la expedición de un documento a favor de los migrantes en el exterior, por parte de los consulados ecuatorianos. Esta iniciativa ha sido valorada positivamente por la Relatora Especial de las Naciones Unidas sobre los Derechos de los Migrantes en su Informe sobre la situación del Ecuador.

4.2. En el ámbito internacional:

Como lo dijimos con anterioridad, a fin de lograr la promoción de la migración regular, es fundamental que el Ecuador continúe con la negociación y adopción de convenios bilaterales migratorios que permitan el flujo normal y ordenado de migrantes, bajo condiciones de legalidad, en apego a las normas internacionales de derechos humanos y en los que se determinen beneficios mutuos bajo parámetros de verdadera reciprocidad entre las partes, tanto con países europeos, como con países centroamericanos y con los Estados Unidos. La Relatora Especial ha alentado al Estado ecuatoriano a continuar en ese camino.

Promover, a través del Ministerio de Relaciones Exteriores, convenios de cooperación entre Universidades extranjeras de los países receptores, organizaciones de derechos humanos de esos países, consulados ecuatorianos y las Oficinas de la Defensoría del Pueblo en el exterior, que permitan crear oficinas jurídicas que orienten y asesoren a los ecuatorianos y sus vinculados residentes en el exterior, sobre sus derechos y para resolver sus problemas migratorios y legales. Estas oficinas funcionarían con normas diplomáticas, bajo la supervisión de los Consulados Ecuatorianos. Este mecanismo es importante, ya que el Estado no podría afrontar con los costos de un cuerpo de abogados en cada país donde residen los migrantes, aspecto que sería suplido con el apoyo de las Universidades y la colaboración de la Defensoría del Pueblo que está facultada a proteger los derechos humanos de los ecuatorianos en el exterior (Artículo 8, Ley Orgánica de la Defensoría del Pueblo).

Exhortar en los foros internacionales la ratificación por parte de los Estados receptores de la Convención Internacional sobre la Protección de los derechos de todos los trabajadores migratorios y de sus familiares y de la Convención contra la Delincuencia Organizada Transnacional y sus Protocolos Adicionales, ya que, de esa manera, las causas y efectos de la migración irregular serán erradicados desde los dos frentes, el origen y el destino de los migrantes, principalmente para procesar y penalizar a los traficantes en cualquier país del mundo.

Fomentar programas de canje de deuda externa por proyectos de desarrollo social a favor de los migrantes y sus comunidades de origen con los países receptores.

Propiciar estrategias conjuntas de los países de la Comunidad Andina orientadas a negociar acuerdos migratorios subregionales con los países receptores para incrementar la migración regular y el flujo ordenado de migrantes andinos.

Alentar la presentación de denuncias por violaciones a los derechos humanos de los migrantes ante los órganos convencionales y cuasi convencionales, creados en el marco de las Naciones Unidas, de la Organización de los Estados Americanos y de la Comunidad Europea (Comisión Interamericana de Derechos Humanos, Corte Europea de Derechos Humanos, Comité de Derechos Humanos de Naciones Unidas, Relatorías Especial, Grupos de Trabajo, etc.).

4.3. En el ámbito administrativo:

Fortalecer la capacidad institucional de la Defensoría del Pueblo en las zonas de origen de la migración, a fin de que oriente y asesore a las familias de los migrantes respecto al sometimiento por deudas y se sientan respaldadas en denunciar a los traficantes de personas y usureros, así como para prevenir e investigar, con la ayuda de las autoridades locales y con las organizaciones de la sociedad civil, la salida ilegal de migrantes por puertos y aeropuertos.

Tomar medidas administrativas al más alto nivel, por parte de las autoridades policiales y judiciales, con el apoyo de la sociedad civil, que impidan la salida ilegal de migrantes y de menores de edad, establezcan las sanciones administrativas y penales a los agentes públicos involucrados en estos delitos a través del soborno para facilitar la salida ilegal y sancionen de manera ejemplar a los traficantes, prestamistas, usureros y falsificadores de documentos de viaje y otros colaboradores, como abogados de los usueros, transportistas y personas que hospedan migrantes irregulares. Es importante que las autoridades locales interioricen el problema de la migración irregular y realicen operativos que permitan la desarticulación de las redes delincuenciales. Es necesario también tomar medidas administrativas para investigar a agencias de viaje y otras instituciones privadas similares que colaboran con el tráfico ilegal.

Controlar adecuadamente la expedición de documentos de identificación por parte del Registro Civil e identificar a los posibles falsificadores de documentos.

Mejorar la infraestructura física e incrementar los elementos humanos de la Policía Migratoria para realizar un mejor control de la salida de migrantes irregulares y para desarticular las redes de tráfico.

4.4. En el ámbito económico y social:

Propiciar, en colaboración con las asociaciones de migrantes y sus familiares, la utilización de las remesas que envían los migrantes en actividades productivas o generadores de empleo y no en gastos superfluos. Para ello, es necesario realizar programas de capacitación a los familiares de migrantes para que inviertan los recursos en microempresas o en negocios productivos.
Fomentar programas de desarrollo en las comunidades de origen que impidan la emigración irregular, mejorando los niveles de vida de los habitantes. En este sentido, el Estado ha formulado un Fondo para el Desarrollo de los Migrantes Ecuatorianos y sus Familias que está en proceso de aprobación, que facilitaría el acceso a créditos formales y desalentaría la usura.
Promover programas de atención psicosocial a las familias de migrantes, particularmente a favor de mujeres, niños, niñas, adolescentes y personas de la tercera edad, que mejoren los problemas psicológicos y de maltrato que enfrentan estos sectores, coordinados entre las instituciones estatales vinculadas con el tema del maltrato y las organizaciones de la sociedad civil.

4.5. En el ámbito educativo y cultural:

Si bien en los otros ámbitos el Estado y la sociedad civil han iniciado estrategias importantes, aún no se ha desarrollado totalmente los mecanismos de carácter educativo establecidos en el propio Plan Operativo de los Derechos Humanos de los Migrantes, formulado en el marco del Plan Nacional de Derechos Humanos.

Se ha evidenciado que en las comunidades de origen de los migrantes la salida irregular del país a través del tráfico o del «coyoterismo» es considerada por la población como la forma normal de emigrar. Es fundamental profundizar este aspecto cultural que constituye una de las causas fundamentales de la migración irregular. El problema radica en establecer si acaso la obtención de recursos económicos para mejorar el nivel de vida de una población, justifique la utilización del tráfico, el sometimiento a riesgos que ponen en grave vulnerabilidad a los ciudadanos que optan por esta salida ilegal y el abandono de las familias. De los testimonios obtenidos por familiares de migrantes que permanecen en las comunidades de origen, se establece que la mayoría de estas personas (mujeres, adolescentes y niños) no encuentran sentido a sus vidas una vez que sus familiares han salido, ya que, o han desaparecido o no pueden volver a verlos, debido a la ilegalidad en que se encuentran y que, aún cuando reciben recursos económicos importantes, éstos no llenan el vacío humano que les produce la separación o, a veces la desintegración familiar. Incluso al contar con importantes ingresos económicos los adolescentes los utilizan para escapar de su realidad a través del alcohol o de las drogas. En otros casos este vacío emocional se evidencia en la deserción escolar.

Por tanto, es fundamental que el Estado, con el apoyo de la sociedad civil inicie una estrategia prioritaria a favor de la educación y la sensibilización en derechos humanos de las comunidades de origen. Esta concientización debe estar dirigida a fomentar la migración regular, destacando las ventajas para el migrante y su familia de salir del país en condiciones propicias y transparentes y enfatizando los graves riesgos, sobre todo las consecuencias psicológicas, sociales y familiares que entrañan para su dignidad humana y para la estabilidad de su familia y de su comunidad la salida irregular del país de origen.

Es necesario que esta enseñanza se inicie con la sensibilización de los derechos humanos que tiene el migrante y su familia y que se extienda de las universidades a los niveles primarios y secundarios, y a su vez, se extienda la información a la comunidad, para que el individuo aprenda, desde muy pequeño, a vivir su vida con derechos y dignidad.

El Plan Operativo de los Migrantes señala como uno de sus objetivos capacitar, difundir y sensibilizar a la población ecuatoriana, de manera concertada entre organismos estatales, organismos internacionales, organismos no gubernamentales y otros representantes de la sociedad civil sobre los derechos de los migrantes. Las campañas nacionales de promoción de los derechos humanos, a través de los medios de comunicación son fundamentales.

En el caso ecuatoriano, el Plan Operativo de Derechos Humanos, relacionado a la educación contempla como metas promover una reforma educativa que incluya los derechos de los extranjeros migrantes y refugiados en el currículum escolar. Desarrollar valores y actitudes de solidaridad, tolerancia y no-discriminación. Conocer las causas y consecuencias de los flujos migratorios forzosos y refugiados. Conocer los deberes y derechos con su comunidad, con su país, con el mundo y con todos los seres humanos. Desarrollar la convicción de que la negociación pacífica es el mejor mecanismo para la solución de conflictos.

En el ámbito universitario especialmente en el área social y particularmente en las Facultades de Derecho, incluir en el pensum, temáticas para explicar la movilidad humana y conocer los instrumentos internacionales y nacionales de protección a los migrantes.

Capacitar a los funcionarios públicos y a otros sectores profesionales en el tratamiento y protección de los derechos de los extranjeros, migrantes y refugiados, teniendo presente las necesidades de hombres y mujeres, así como la edad de la población. Esta formación estaría dirigida a funcionarios de los Ministerios de Relaciones Exteriores y de Gobierno, a oficiales de migración, a jueces, abogados, Defensoría del Pueblo, a representantes de la sociedad civil, a comunicadores sociales y a miembros de la Policía Nacional. Los valores a desarrollarse incluyen: la tolerancia, la no-discriminación, el respeto a la identidad cultural, los derechos y deberes incluidos en el ordenamiento jurídico ecuatoriano y los instrumentos internacionales.

Los gobiernos locales y juntas parroquiales pueden tener un papel importante en el ámbito educativo, en coordinación con las autoridades educativas, para difundir los derechos humanos en las comunidades de origen de migrantes.

5. Conclusiones.

La protección adecuada de los derechos humanos de los migrantes ecuatorianos es un proceso complejo, integral y de largo alcance. Debido a que las causas y efectos de la migración irregular son muy sensibles y complejas, los mecanismos de prevención y solución de las mismas son también difíciles pero no imposibles.

Se puede concluir que para proteger y promover los derechos humanos de los migrantes es necesario defender el desarrollo humano, proteger al migrante en el país de residencia y en el país de origen, desactivar las redes de tráfico y usura con decisiones políticas y medidas administrativas de las máximas autoridades policiales y judiciales, reforzar los consulados ecuatorianos y las Oficinas de la Defensoría del Pueblo en las zonas de origen y en el extranjero y capacitar sobre sus derechos y sobre las ventajas de la migración regular al migrante, a sus familias y a la comunidad en general. Esta ardua tarea no compete únicamente al Estado, sino a toda la comunidad nacional. También los países receptores deberán tomar conciencia de que el proceso para fomentar la migración regular requiere también de una política flexible para el ingreso ordenado de la migración de los países en desarrollo.

Es necesario que el aporte del migrante para mejorar su calidad de vida y la de sus familiares, así como su contribución económica, a través de remesas, producto de su trabajo, se canalice adecuadamente a través de la inversión en el desarrollo local de las comunidades de origen, como, por ejemplo, con la creación de microempresas, con miras a reactivar la economía, generando empleo y, por ende, riqueza, lo cual se reflejará en una mejor situación social de familiares de los migrantes y de otros ciudadanos.

La suscripción de convenios bilaterales entre el país del migrante y el país receptor es un importante avance que debe ser apoyado por la comunidad ya que desalientan el tráfico de personas y permiten la regularización de su residencia y condiciones laborales estables y justas.

Aún cuando el ciudadano esté informado de los riesgos y peligros que entrañan las vías de acceso ilegales, la impunidad por estos crímenes persistirá si los propios individuos no denuncian a sus autores.

Finalmente, todo ciudadano deberá tomar conciencia sobre su dignidad como persona humana y reflexionar si su vida, su integridad física, moral y sexual, su estabilidad emocional y familiar pueden ser sacrificadas por un bienestar netamente económico o si vale la pena luchar en el país de origen por ese bienestar o salir al exterior en condiciones propicias y estables.