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PARA COMBATIR LA LENTITUD PROCESAL
Un juez adicional en cada juzgado

Por: Dr. Bayardo Moreno Piedrahita
Director del Movimiento Académico de Abogados Progresistas M.A.A.P

A LA REESTRUCTURACIÓN INTEGRAL de la Función Judicial, que implica el sistema nuevo de justicia se lo debe complementar con un número de magistrados, jueces y curiales suficientes en proporción directa al número de juicios que ingresan diariamente en búsqueda de la tutela de los derechos de las personas que hoy constituye uno de los problemas que más afectan a la administración de justicia.

Es importante recordar, que hace ocho años y concretamente el 16 de noviembre de 1995 ante el mismo descalabro de hoy, en la sala Auditórium de la Corte Suprema de Justicia, una Asamblea Provincial de Abogados de Pichincha, debatieron sobre las causas y posibles soluciones referentes a la lentitud procesal, inconveniencia de la vacancia judicial, recurso de casación, reestructuración de la Función Judicial. Lamentablemente no se concretaron soluciones contundentes y efectivas; sin embargo, en medio de esa montaña de problemas insolutos; una vez más surgió una propuesta objetiva y práctica del Movimiento Académico de Abogados Progresistas, como una alternativa de solución, encaminada a sacar de la enmarañada selva de dificultades a los juicios que permanecían sumergidos en bodegas y sin sentencia por muchos años.

La propuesta

Consistía en crear un juez adicional en las Judicaturas de primer nivel en las ciudades de mayor explosión demográfica; y, Conjueces permanentes en las Cortes Superiores al amparo de lo prescrito en el No. 17 del Art. 13 de la L.O.F.J.; que faculta a la Corte Suprema designar los jueces que sean necesarios para cumplir con un servicio judicial eficaz. La propuesta fue aplaudida y acogida plenamente por abogados, jueces y magistrados, pero en la teoría, porque en verdad, jamás se la pudo poner en práctica, porque ni siquiera se dio contestación a los proyectos, que una y otra vez presentó el M.A.A.P. a la Corte Suprema.

En efecto, la Asamblea Provincia de Abogados de Pichincha, aprobó ampliamente el proyecto, como la mejor alternativa para terminar con la lentitud procesal y aliviar la carga muy pesada que ya soportaban los jueces de todas las áreas judiciales; a los que también encargaban miles de juicios, con plena conciencia, de que son seres humanos físicamente limitados.

En la discusión ya se dijo que cada judicatura de primer nivel, con la presencia de dos jueces en cada juzgado, un juez de sustanciación y un juez de resolución, se evitaría el abandono y la prescripción de las causas, debido a la montaña de procesos que se remitan a cada juzgado; que se solucionará el «cuello de botella» en la sustanciación de los juicios y otros problemas menores, como la falta de mística de trabajo de algunos funcionarios judiciales.

Algunos ex-presidentes de la Corte Suprema de Justicia conocieron el proyecto y lo aplaudieron, pero desgraciadamente, no llevaron la propuesta al Pleno de la Corte y consecuentemente no se tomó la resolución correspondiente, que habría permitido encontrar la solución a la lentitud procesal sin necesidad de autorización del gobierno en el presupuesto del Estado o la aprobación del Congreso Nacional, porque no hacía falta; ya que la L.O.F.J. facultaba a la Corte Suprema de Justicia crear Judicaturas y designar jueces, como lo faculta ahora también, el Art. 11, letra h de la LOCNJ.

Una necesidad inmediata

El proyecto de creación de un juez adicional tenía como antecedente, otro que fue mentalizado y recomendado por el M.A.A.P. años atrás, ante el abandono por parte de los señores agentes fiscales en los juzgados de lo penal, cuando estaban obligados a concurrir a las audiencias públicas o diligencias fuera del Juzgado, en la sustanciación del juicio. Esta propuesta aseguró magníficos resultados y dio agilidad a las judicaturas penales, hasta cuando el Ministerio Público se «desorganizó» en la forma como existe actualmente, sin infraestructura, convertido en una torre de Babel, con indagaciones previas, sin trámite ni salida.

En síntesis, la lentitud procesal, la denegación de justicia y la presencia de miles de juicios, sin despacho en las judicaturas, sigue igual como antes y con toda seguridad, aún más caótica; por cuya razón es necesario replantear públicamente al CNJ y a la Corte Suprema de Justicia la necesidad inmediata de acoger el proyecto, de incorporar un juez adicional a cada juzgado, por el bien de todo el país, sin favorecer a intenciones ocultas.

En verdad, nadie podría discutir que la clásica presencia de un solo juez en cada juzgado, en el momento actual, resulta insuficiente, debido al cambio vertiginoso de la vida y de la tecnología de la informática y los cambios subsiguientes, que han dejado a un solo juzgador, con mucha distancia de retraso, en la substanciación ágil y técnica que podría darse a los juicios. Oponerse a esta propuesta del M.A.A.P., sería como querer mantener estática y oponerse a la dialéctica del tiempo. Además, no existe ninguna ley civil, política o religiosa que obligue a mantener un solo juez en cada Judicatura, más aún si somos conscientes que esa estructura funcional arcaica, hoy, es causa de un gran perjuicio colectivo. En consecuencia, la presencia de un solo juez en cada judicatura, debería considerarse ya, como el espectro de la lentitud procesal, que debería ser condenada a desaparecer definitivamente en la Administración de Justicia del País.

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