DERECHOS Y LIBERTADES EN TERMINOS IGUALES
Los derechos de los discapacitados
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Por: Dr. Oswaldo Paz y Miño J.

L A CONSTITUCIÓN DE LA REPÚBLICA del Ecuador en su Art. 3 numeral 2do, dispone: Son deberes primordiales del Estado: «Asegurar la vigencia de los derechos humanos, las libertades fundamentales de mujeres y hombres, y la seguridad social».

En el Art. 6, prescribe: «Todos los ecuatorianos son ciudadanos y, como tales, gozan de los derechos establecidos en esta Constitución, que se ejercerán en los casos y con los requisitos que determine la ley».

Aplica a los extranjeros que estos gozarán de los mismos derechos que los ecuatorianos con las limitaciones establecidas en la ley, como reza en el Art. 13.
El Título III de los Derechos y Garantías y Deberes, Capítulo I, Principios Generales, Art. 16, señala que: «El más alto deber del Estado consiste en respetar y hacer respetar los derechos humanos que garantiza esta Constitución.» Inmediatamente después el Art. 17, dispone que: «El Estado garantizará a todos sus habitantes, sin discriminación alguna, el libre y eficaz ejercicio y el goce de los derechos humanos, establecidos en esta Constitución y en las declaraciones, pactos, convenios y más instrumentos vigentes.

Adoptará mediante planes y programas permanentes y periódicos, medidas para el efectivo goce de estos derechos. «En el Capítulo II de los Derechos Civiles, Art. 23. numeral 3, la Carta Política del Ecuador, dice: «La igualdad ante la ley. Todas las personas serán consideradas iguales y gozarán de los mismos derechos, libertades y oportunidades, sin discriminación en razón de nacimiento, edad, sexo, etnia, color, origen social, idioma, religión, filiación política, posición económica o diferencia de cualquier otra índole».

Desde aquí enfocamos el tema escogido para esta semana. partiendo desde las diferencias, desde la realidad objetiva de que todos los seres humanos, somos únicos e irrepetibles y tenemos los mismos derechos. Que las diferencias sean estas originarias, es decir de nacimiento o supervenientes, esas que llegan por causas propias de la vida, no han de servir como instrumentos para la práctica de la exclusión de un grupo de seres humanos por otro u otros.

Dicho esto y citadas algunas de la normas constitucionales básicas, os propongo unas preguntas ¿qué sabéis sobre la realidad de las personas con discapacidades físicas que viven en nuestro país?, ¿Os habéis interesado por ellas?, ¿Las miráis igual o tratáis igual, respetáis sus derechos?, ¿Tenéis alguna persona discapacitada en casa, en la familia?

De contestar positivamente a la última pregunta, seguro, habréis sufrido con ella, el peso del dolor, a veces hasta la rabia, por los acosos de todo tipo, burlas, agresiones y actos a veces brutales, entre los que no se excluyen delitos perversos, que se han cometido y se cometen y cometerán en contra de aquellos que por sus diferencias, muchas de las ocasiones, no pueden defenderse, no sólo de los golpes e injurias, sino de los abusos de carácter legal, de las trampas que esquilman sus patrimonios, sus etc.

Realidad de los discapacitados

A pesar de todos tenemos alguna minusvalía y algunos las tienen en el alma, que eso sí es grave. Asistimos días atrás a la presentación del: «Proyecto para la promoción y exigibilidad de los Derechos Polítcos y Laborales de las personas con dicapacidad en el Ecuador», auspiciado, por la sin duda, valiosa, solidaria y planificada ayuda de la USAID, que ha escogido al proyecto ecuatoriano entre otros de varios países, por varias razones, entre las que destacan: la factibilidad, la seriedad, la transparencia, el objetivo.

Ha confiado la USAID, en una propuesta nacional, avalada por expertos de la tierra, por hombres y mujeres con discapacidades y no, que cumplen una tarea social sin precedentes, en beneficio de los más de un millón seiscientos mil discapacitados que viven en el Ecuador, estadísticas aparte, creemos serán muchos más, que de una u otra manera, están apartados, marginados y algunos habrá guarnecidos de los actos inhumanos de otros seres humanos.

A la intemperie como víctimas propicias de todo tipo de abusos y malos tratos.
Conmovedor fue el acto que os he referido, no sólo en las formas; más lo fue en las interiores individuales de quienes tuvimos la ocasión de enterarnos de muchas cosas que ignorábamos, sobre todo, de acciones ejemplares cumplidas por personas como Xavier Torres, Presidente de la Federación Nacional de Ecuatorianos con Discapacidades -FENEDIF-, y de otras que lideran instituciones que llenas de amor social, han logrado insertar al Ecuador en el mundo, y atraer ayuda internacional para los discapacitados de nuestro país; se debe mencionar a La Federación Nacional de Sordos del Ecuador; La Federación Nacional de ONG para la Discapacidad; La Federación Nacional de Ciegos del Ecuador; La Federación Ecuatoriana pro-atención a la Persona con Deficiencia Mental, parálisis cerebral y Síndrome de Down.

Grupos vulnerables

La Constitución del Ecuador, en la Sección Quinta, De los Grupos Vulnerables, Art. 4, puntualiza: «En el ámbito público y privado recibirán atención prioritaria, preferente y especializada los niños y adolescentes, las mujeres embarazadas, las personas con discapacidad, las que adolecen de enfermedades catastróficas de alta complejidad y las de la tercera edad»

La norma constitucional clara como es, ¿se cumple? ¿Usted lector amigo, desde su espacio privado, la respeta? Los señores profesionales del volante,-chóferes de buses-, lo hacen con los niños y adultos mayores?, ¿Será que les dan prioridad y paran sus unidades para recogerlos y transportarlos con dignidad?, ¿Siempre.?, ¿ Todos? Simplemente los ignoran, aceleran y pasan de ellos porque no pagan tarifa completa.

Para la anécdota, en el acto comentado, cuando le tocó intervenir al Presidente de las «Federaciones Nacionales de la Discapacidad», Xavier Torres, hubieron de ayudarle a levantar su silla de ruedas desde el piso al centro del proscenio o plató, que estaba unas cuatro gradas arriba, nótese, como no existían las facilidades para personas con discapacidad, en un local, en el que se llevaba a efecto un evento de discapacitados. Insólito.

Más, esto es, pan de todos los días. Todavía gran parte de: edificios, veredas, calles, avenidas, parques, plazas, teatros, cines, estadios, casas, hoteles, restaurantes, parqueaderos, centros comerciales, hospitales, pasos elevados, etc…, de las ciudades del Ecuador tienen barreras infranqueables para personas con discapacidad. No se ha hecho lo suficiente en el equipamiento urbano, ni en las normativas, para que los discapacitados puedan desenvolver su vida con facilidad.

La disposición constitucional, resulta en mucho, letra muerta. El problema se complica con pequeños grandes detalles, cuando por ejemplo, los espacios previstos, construidos y reservados para personas con discapacidad, en lugares públicos o privados, son ocupados, por personas prepotentes e ignorantes, o las dos cosas a la vez, quienes pese a la señalización que advierte que son espacios reservados para discapacitados, se parquean impidiendo el tránsito de los discapacitados hacia las rampas o el uso de los andenes para ellos construidos. A este mal, se añade otro, el de que las zonas de estancia vehicular, las pocas que quedan en las calles de la ciudad de Quito, están tomadas por individuos de ambos sexos, muchos con garrote en mano, que extorsionan al ciudadano que, «comete el error» de dejar su vehículo en el territorio de tal o cual «cuidador» a pagar «derechos de cuidado», caso contrario el ciudadano corre el riesgo de ser objeto de agresiones verbales, y quizá de unos cuantos estacazos que le partan la cabeza o le rompan el automotor, sin descartar que directamente le roben el auto, más tarde o más temprano. Todo esto, a vista y paciencia de las autoridades.

¿Quién para estos abusos?

Quién puede con aquellos que llenan de obstáculos las calles, dueños de negocios o «poderosos» de billete, que se reservan para utilizar la vía pública como estacionamiento privado. Como una extensión de su garaje. ¿Dónde están los que garantizan la seguridad ciudadana? ¿ No tiene el municipio una dirección para estos fines.? ¿Y la Jurídica ?

Atención preferente para su plena integración social

Son derechos de los discapacitados los de todos los demás. Punto. Que nadie lo ponga en duda. Y son más, ya que la Constitución con razones totalmente válidas dispone para ellos prioridades y preferencias, Art. 50. «El Estado adoptará las medidas que aseguren a los niños y adolescentes las siguientes garantías: «numeral 3ro., Atención preferente para su plena integración social, a los que tengan discapacidad».

Art. 53.- «El Estado establecerá medidas que garanticen a las personas discapacitadas, la utilización de bienes y servicios en las áreas de salud, educación, capacitación, inserción laboral y recreación; así como las urbanísticas, arquitectónicas y de accesibilidad al transporte, que dificulten su movilización. Los municipios tendrán la obligación de adoptar estas medidas en el ámbito de sus atribuciones y circunscripciones. Las personas con discapacidad tendrán tratamiento preferente en la obtención de créditos y extenciones y rebajas tributarias de conformidad con la Ley. Se reconoce el derecho de las personas con discapacidad a la comunicación por medio de formas alternativas, como la lengua de señas ecuatoriana para sordos, oralismo, el sistema braile y otras».

Derechos universales, indivisibles,
interdependientes e interrelacionados

Los derechos humanos son universales, políticos, civiles, económicos, sociales y culturales, pertenecen a todos los seres humanos, incluyendo a la personas con distintas discapacidades como se verá. Las personas discapacitadas deben gozar de sus derechos humanos y libertades fundamentales en términos iguales con otros en la sociedad, sin discriminación de ningún tipo.

Los derechos humanos para las personas discapacitadas incluyen los siguientes derechos indivisibles, interdependientes e interrelacionados:

El derecho a la no distinción, exclusión, restricción o preferencia basada en su condición de discapacidad, en el efecto de deteriorar el disfrute de los derechos humanos y libertades fundamentales:

– El derecho a la igualdad de oportunidades;
– El derecho a una completa igualdad y protección ante la Ley;
– El derecho a una alto estándar de salud para un tratamiento médico, psicológico y funcional, de igual manera a una rehabilitación médica y social y otros servicios necesarios para el máximo desarrollo de las capacidades, habilidades y auto-confianza;
– El derecho a trabajar, de acuerdo con sus capacidades, a recibir salarios que igualitarios que contribuyan a un estándar de vida adecuado;
– El derecho a ser tratados con dignidad y respeto.»

Los derechos citados son intangibles, el Estado y la sociedad deben aportar para su pleno cumplimiento. La discapacidad resume una gran cantidad de diferentes limitaciones funcionales que ocurren en cualquier población, de cualquier país del mundo.

Las personas pueden ser discapacitadas a causa de algún impedimento físico, intelectual o sensorial; de alguna condición médica o por enfermedad mental. Dichos impedimentos, condiciones o enfermedades pueden ser por su naturaleza permanentes o temporales», estas diferencias entre quienes no tenemos tales limitaciones, no han de hacer de quienes las tienen, ciudadanos de segunda o tercera o cuarta clase.

Tal hecho, que sí se da, es una aberración social, una muestra de la degradación de valores, promovida por el consumismo, por la indiferencia social del mercado, por la democracia sectaria y llena de falsedades en que vivimos, por los patrones que miden el éxito en cuanto tienes y no en cuanto sabes, y más vicios propios de las sociedades individualistas, hedonistas y pacatas, que aprecian solo en la superficial y no se adentran en los verdaderos valores del ser humano, que están distantes de las apariencias físicas, de la edad, del sexo, de la preferencias sexuales, del color de la piel, de las discapacidades, siempre relativas. Todos somos de una u otra manera limitados para cumplir con muchas tareas, para entender muchas cosas.


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