Sistema de Financiamiento en el Seguro Social Ecuatoriano

Dr. Manuel Posso Zumárraga

Contribución Tripartita

Prácticamente nuestro sistema de protección se financia por medio de la contribución «Tripartita: Estado – Patronos y Trabajadores». Sin embargo que esta forma de contribución es obligatoria en nuestro sistema, en la realidad no es cumplida a cabalidad, por los constantes estados de Mora Patronal en que incurre el Estado para con el IESS en la parte que le corresponde aportar para el financiamiento de las prestaciones que por Ley se tiene que servir a los asegurados, con el consecuente perjuicio económico para la clase trabajadora que no puede hacer uso oportuno de todas las prestaciones y servicios a que tiene derecho.
Por esta razón, los beneficios que brinda el Instituto Ecuatoriano de Seguridad Social casi en su totalidad son atendidas con el aporte de los empleadores y de los mismos trabajadores o dicho de otra forma, los que efectivamente hacen frente a todos los gastos que demanda la previsión social corren a cargo de los propios beneficiarios, descontados de sus sueldos y salarios productos de su trabajo.

Prestaciones en Especie y en Dinero

Las prestaciones que otorga el Seguro Social, por su naturaleza son prestaciones en Especie y prestaciones en Dinero. Las de especie están conformadas por la atención médica, quirúrgica, hospitalaria, de servicios farmacéuticos y de laboratorio y las prestaciones en dinero comprenden los subsidios en caso de incapacidad temporal, ayudas para lactancia, pensiones, indemnizaciones, subsidios familiares, gastos funerales, etc., son financiadas con ingentes recursos económicos, cuyas cuantías, se establecen de acuerdo a los cálculos actuariales, efectuados en el Seguro Social por la Dirección de Asesoría Matemático Actuarial, adoptando sistemas de capitalización y reparto o globales de todos los ingresos provenientes de las aportaciones tripartitas (Estado-Patronos-Asegurados) y de otros rubros.
En la práctica nuestro sistema de Seguridad Social no alcanza a cubrir todos los riesgos o contingencias de la gran mayoría de la población, tan solamente alcanza a proteger a un reducido número de trabajadores, los asalariados, pues pese a su política de ampliación, su cobertura tienen un índice muy reducido.

Principio de Obligatoriedad

En el Ecuador nuestro régimen o sistema de Seguro Social se fundamenta en el principio de obligatoriedad, que viene implícitamente impuesto al individuo que tiene relación de independencia; más concretamente al asalariado, y, abarca a todos los trabajadores dedicados a actividades tanto industriales, comerciales, como de servicios.

– Un régimen de Seguro Voluntario que protege a todos los trabajadores que tuvieron relación de dependencia y al quedar cesantes la perdieron.

– El régimen de Seguro Facultativo que abarca a los trabajadores agrícolas, a los independientes y a todas las personas que viven del producto de su trabajo.

РEl r̩gimen Adicional que protege a los afiliados obligados que desean obtener beneficios adicionales; y,

– El régimen de Seguro Social Campesino que es uno de los logros de mayor importancia dentro de lo que constituye nuestro incipiente sistema de Seguridad Social. En las dos últimas décadas su protección se extiende a todos los miembros de las familias pertenecientes a comunas, cooperativas, asociaciones, o cualquier otra forma similares de organización popular campesina.

Consejo Superior del IESS

El organismo de planeamiento, aplicación y fiscalización del Sistema Ecuatoriano de Seguridad Social es el Consejo Superior del IESS, el que está facultado, previa aprobación del Presidente de la República para incorporar, en la época que crea oportuno a otros grupos de trabajadores que no se encuentren protegidos bajo los regímenes anteriormente citados.

Contribución de los Asegurados para el financiamiento del Seguro

Reducido es el número de países en los que hay la idea de hacer contribuir tan solo al trabajador asegurado en la constitución de los recursos para financiar los sistemas del Seguro Social; siempre se hace recaer esta contribución ya sea en el Estado, o en el Estado y los patronos, ya que la aportación solamente del asegurado dado los índices de insuficiencia en su salario, no permitirían financiar un sistema de Seguro, entendiéndose o justificándose que la contribución del asegurado es necesaria por el hecho de las prestaciones que recibe; por a participación que se le debe dar en la Administración del Seguro para que estos recursos vigilados muy de cerca por los trabajadores no sean enviados a otros fines que los de creación y funciones.
Otra justificación importante para que el asegurado contribuya es que esta cuota obligatoria viene a corregir la natural imprevisión que ronda ante sus escasos recursos, que por sí sólo no podría defenderse de las contingencias o riesgos sociales a que está expuesto, cuando está activo o en cesantía.
Al pagar las cuotas y en caso de ocurrir un siniestro, el asegurado recibe una prestación que viene a ser la contraprestación de la contribución individual que obligadamente le enseñaron a ahorrar, ya que si no cotiza, este asegurado no gozaría de las prestaciones de un verdadero seguros , sino tan solo de auxilios que se dan por ejemplo en la Asistencia Pública, como si dependiera de una Institución de beneficencia.

Contribución del Patrono para el financiamiento del Seguro

Sabemos que los Seguros Sociales se constituyen como consecuencia de una evolución del Seguro Libre, es decir, del que la iniciativa privada (de los patronos y de los obreros), crea y después, al intervenir el Estado en el campo económico de la Previsión, lo reglamenta, los subvenciona y termina por hacerlo obligatorio.
Los sueldos y salarios que en la actualidad perciben los trabajadores, un tanto irrisorios, dada la grave crisis económica que atraviesa el país, no permite una mayor capacidad de previsión de contingencias sociales, no tampoco el contribuir con una cuota total que financie un seguro.
En consecuencia, la producción (el empleador) debe corregir estas deficiencias, pagando parte de las cuotas, como un complemento al salario insuficiente que paga el trabajador por sus servicios, y de paso transformándose esta cuota en un medio de vida para el período de incapacidad resultante de los riesgos, como su enfermedad, invalidez, vejez, accidentes de trabajo, etc. El empleador al aportar con esta cuota, al mismo tiempo que mejora el nivel de vida del obrero, cubriéndole ciertos riesgos, u otorgándole beneficios que son administrados unas veces por el mismo empleador y otras por el Seguro Social, asegura una excelente mano de obra y por ende una mejor producción y ganancia y el obrero de esta forma se siente menos desprotegido y trabaja con más entusiasmo sabiendo que el patrono le está protegiendo y trabaja con más entusiasmo sabiendo que el patrono le está protegiendo de ciertas eventualidades dañosas que por sí solo no las podría afrontar.

Contribución del Estado para el financiamiento del Seguro

La participación del Estado en el financiamiento de los seguros tiene por objeto, darle el carácter de sociales (El Estado Ecuatoriano Contribuye con el 40% para financiar las pensiones que otorga el Seguro).
El Estado en vista de la insuficiencia de la previsión libre, interviene transformándole al Seguro en Obligatorio, y contribuyendo =con su cuota de aportación para los trabajadores asalariados, Teniendo que en lo referente a nuestra situación, el Estado incumple su misma obligación legal al estar continuamente en deuda para con el IESS en lo referente a este financiamiento.
El Estado tiene además la misión de velar por el bienestar colectivo (Constitucional) mediante el desenvolvimiento de buenas condiciones de trabajo, higiene general, que no las cubre en su totalidad, siendo el Seguro Social el que viene a subsanar esta deficiencia, emprendiendo obras de infraestructura de interés general.
Por lo que es justo que si la colectividad se beneficia con estas obras sociales, el Estado no cubra con su contribución para financiar parte de lo que significa egreso de un sistema de proteccionismo social.
Estas razones determinantes anteriormente citadas conducen a que se exija la contribución tripartita: Estado – Patrono – Asegurado y en especial el pago inmediato de la deuda del Estado al Seguro Social.

Capitalización y Reparto como sistema de financiamiento del Seguro

Las contribuciones anteriormente descritas, no alcanzan como norma general a cubrir los egresos de un sistema, y como parte de la financiación de un Seguro, es la rentabilidad que se obtiene con los capitales que el instituto Ecuatoriano de Seguridad Social acumula como reservas matemáticas, lógicamente que para que esta reserva exista se ha implantado los sistemas de Capitalización y de Reparto, mixtos o de prima media escalonada.

Sistema de Reparto

El procedimiento o sistema de reparto aplicado en los países de economía pobre, tiene la desventaja de que cuando el Seguro Social recién comienza en sus actividades, son pocas las responsabilidades que tiene frente a sus afiliados y, conforme avanza o transcurre el tiempo, se van acumulando las obligaciones, dando como consecuencia un necesario aumento de la prima que tiene que financiarse de alguna forma, para que el Seguro pueda hacer frente a todas su obligaciones como ente asegurador.

Sistema de Capitalización

En cambio en el sistema o procedimiento de Capitalización se recibe la Prima y se la entrega al asegurado en concepto de prestaciones, pero en forma diferida en el tiempo. Esta modalidad del sistema de capitalización permite al Seguro ir formando capitales para luego invertirlos, para proveerse de recursos adicionales sin necesidad de aumentar la prima. Estas dos formas o procedimientos son las aplicadas actualmente en el Instituto Ecuatoriano de Seguridad Social.
Esta forma de hacer rentable a las reservas se ha convertido en una de las principales fuentes que financian los programas de Seguridad Social, inversión de recursos en los que se debe tener la certeza de que serán recuperados en el tiempo para el cual se ha calculado el reingreso, que rinda el interés actuarial desde el momento que se implantó el Seguro, y que reúna las suficientes garantías, esto es, que los programas que emprende el Seguro con referencia a inversiones, tengan las condiciones de liquidez, seguridad, rendimiento, dándose al mismo tiempo a estas inversiones, el carácter de sociales.
Este sistema de Capitalización también tiene sus desventajas o riesgos, cuando se generan o acumulan en forma desmedida recursos, y se presentan agudas desvalorizaciones monetarias, dificultándose la inversión de sus reservas o siendo presa fácil de ambiciones políticas de sus Administradores y hasta del mismo Estado, que ven al Seguro Social como una fuente inagotable de recursos, interviniendo directa o indirectamente en sus finanzas.

Sistemas de Prima Media Escalonada

Que permiten constituir reservas, que al ser administradas en forma colectiva y centralizada, se permite el abuso en su manejo discrecional de su paquete prestacional y de servicios, sin el correspondiente respaldo contable financiero, lo que provoca que estos sistemas devengan en sistemas de reparto que en el tiempo se deterioran produciendo los consabidos déficit actuariales.
En los países latinos en procesos de reforma de la seguridad social donde se ha introducido la intervención directa de la empresa privada, los sistemas de financiamiento varían, y éstos dependen muchas veces de si la estructura administrativa es centralizada o descentralizada , de la estructura de los beneficios que se quiera otorgar, del rol del Estado (subvencionador, monopólico, regulador, etc) y se clasifican en sistemas solidarios integracionales (pensiones) sistema de ahorro individual obligatorio, de reparto, de capitalización, mixtos (salud) sistema de capitalización individual de aportes, etc. que son manejados por Administradoras de Fondos de pensiones y de salud, que primordialmente persiguen el crecimiento del ahorro interno y una alta rentabilidad en sus inversiones, pero pierden el principio de solidaridad y subsidiaridad en desmedro de los sectores sociales de reducida capacidad de aporte y de los informales.