Reflexiones y propuestas

Por: Emilio Romero Parducci

Decir que los medios de comunicación (que deberían mejor llamarse “medios de información”) son sujetos del sector privado que prestan un “servicio público” es un verdadero disparate jurídico. Para sostener semejante dislate se necesita ignorar completamente lo que son los “servicios públicos” en cualquier régimen democrático o, en su defecto, ampararse en la caduca concepción totalitaria del Estado Comunista.

Según la Ciencia Política, todo Estado, el de Derecho y el Totalitario, básicamente, está conformado estructuralmente por elementos materiales y los inmateriales.

Los elementos materiales son el territorio, en toda la extensión de su concepto, que es el asiento físico del Estado sobre el que ejerce su Soberanía; y el pueblo, o la población. Los elementos inmateriales son el Poder Público y los Servicios Públicos.

El Poder Público, amparado en la Soberanía Nacional, es la “facultad de mando” que se manifiesta a través de distintas “funciones” ejercidas por los correspondientes “órganos” establecidos en la Constitución. Esas funciones del Poder Público del Estado tradicionalmente fueron la Ejecutiva, la Legislativa y la Judicial. Luego, con la evolución del Derecho se han sumado dos más: la Función Controladora y la Función Electoral. (En el Ecuador se ha agregado una más, que equivocadamente se la llama “El Quinto Poder”).

Cada una de esas Funciones del Poder Público del Estado es ejercida por sus propios órganos: la Ejecutiva, por el Presidente y sus ministros; la Legislativa, por la Asamblea Nacional; la Judicial, por los jueces y tribunales; la Controladora, por la Contraloría, por las superintendencias, etcétera; y, la Electoral, por sus propios organismos que todos conocemos. Todos esos órganos de la Función del Poder Público ejercen, de una u otra forma, dentro de la órbita de sus atribuciones, la llamada “Potestad Estatal”, de manera coercitiva, a través de las correspondientes autoridades y funcionarios o servidores públicos. En los regímenes democráticos esos órganos ejercen sus funciones de manera separada y sin intromisiones mutuas; más aún, se controlan unos a otros; con lo que se ofrece la conocida figura política de los “frenos y contrapesos” de que hablaba Montesquieu hace más de dos siglos.

El otro elemento inmaterial del Estado, decíamos, está dado por los Servicios Públicos, que idealmente deberían ser prestados por el propio Estado. Son servicios públicos el de agua potable, alumbrado público, alcantarillado, recolección de basura, fuerza pública (Fuerzas Armadas y Policía), telecomunicaciones, bomberos, salud, transporte (terrestre, marítimo, etcétera), educación, etcétera.

Con estos ejemplos por delante, repitamos la definición de “Servicio Público” de la mayoría de tratadistas de Derecho Administrativo: “Los servicios públicos son organizaciones permanentes destinadas a satisfacer necesidades colectivas de una manera regular y continua”.

Ahora bien, como por norma general los estados en desarrollo (como el nuestro) suelen ser incapaces de prestar en debida forma algunos servicios públicos, a veces acuden al auxilio del sector privado para que, mediante las correspondientes figuras legales, supla o complemente sus deficiencias. Y así tenemos ciertas áreas del servicio público de la educación en manos privadas, al igual como ocurre, también por ejemplo, con el servicio postal y el de transporte, debiendo aclararse que hay servicios públicos que, por principio, solo pueden ser prestados por el Estado, como el de las Fuerzas Armadas.

Pero todo lo que hasta aquí hemos hablado del Poder Público y los Servicios Públicos pertenece al mundo del Sector Público, reglado por el llamado Derecho Público; lo cual es bueno advertir, porque frente a ese Sector Público, o junto a él, si se quiere, existe un Sector Privado, donde sus componentes ejercen sus propias actividades, que van desde la gran producción industriales hasta el voluntariado, pasando por los negocios artesanales, las profesiones liberales y hasta los servicios de las instituciones religiosas.

Casi todas esas actividades del Sector Privado son, en mayor o menor grado, “de interés público”, ya que en su realización producen efectos en la ciudadanía y benefician a todos los sectores vinculados con ellas, empezando por los trabajadores y terminando en los consumidores, sin olvidar, desde luego, la participación pública a través de los impuestos.

Eso hace que, de una u otra forma, la mayoría de esas actividades terminen siendo desarrolladas como “servicios al público” sin ser, desde luego, “servicios públicos”. Así, a nadie en su sano juicio se le puede ocurrir que, en un régimen democrático de un Estado de Derecho, el voluntariado o la Iglesia católica o un bufete de abogados prestan “servicios públicos”, ya que lo que en realidad hacen es “prestar servicios al público”, de manera privada.

Igual ocurre con las instituciones del sistema financiero privado (bancos) y con los medios de comunicación.

Por ello insisto que, en un régimen democrático y en un Estado de Derecho, es un verdadero disparate sostener que los medios de comunicación (o la banca o los estudios jurídicos) prestan “servicios públicos”. (¿Se imagina usted un Servicio Público que goce de derechos tan especiales como el de la libertad de pensamiento y de expresión?).

La asambleísta que según la prensa ha manifestado que en el Ecuador los medios de comunicación son sujetos “del sector privado que prestan un servicio público” no sabe lo que ha dicho; a menos, claro está, que haya estado pensando en regímenes totalitarios que ya fracasaron en su intento de convertir en “público” todo lo “privado” (con excepción del retrete y de la alcoba).

Claro que como complemento de esto podríamos añadir muchas cosas, pues la Ciencia Política es extremadamente extensa (con explicaciones diversas según el mayor o menor desarrollo de los pueblos); pero, por el tema particular aquí tratado, tal vez convenga agregar que se suele reconocer como otro de los componentes del Estado (con régimen democrático) a los llamados “Grupos de Presión”, entre los que –sin ser del Sector Público– se destacan las asociaciones gremiales (como los sindicatos, por ejemplo), los partidos políticos y ciertos colectivos especiales (como la Iglesia católica y la prensa de opinión), sin que ninguno de ellos pueda ser considerado como “servicio público”.

Tomado de El Universo 12 de marzo del 2010