Taxonomía de los penalistas

Dr. Jorge W. German R.

A L IGUAL QUE EL REINO ANIMAL y vegetal existen clasificaciones para ordenar especies, en las disciplinas de las ciencias del saber se dan las estratificaciones, puesto que sería imposible la igualdad de los profesionales. Esta afirmación se extiende también, y de manera particularmente relevante, al grueso de abogados que administra o piden justicia penal.

Algunas categorías

Seguramente un tanto atrevido pretender encasillar a miles de profesionales del Derecho dentro de las subjetivas especies que ensaya quien esto escribe. No obstante parece necesario intentar la ubicación de algunos profesionales dentro de una determinada categoría, pues de lo contrario se incurre en la injusta generalización que se hace en torno a los abogados que ejercen ante los estados judiciales, aplican la Ley, se dedican a la cátedra o a la investigación jurídica.
Cualquiera que se desempeñe en los círculos judiciales o universitarios saben que la homogeneidad de criterios, mentalidad, posición económica y hasta posición de clases, es un elemento inexistente o simplemente teórico.
A los Magistrados y Jueces se les juzga con idéntico prisma, sin considerar que existen honrosas como escasas excepciones que se sustraen al juicio generalizado de desprestigio lanzado contra los discernidores de justicia en materia penal.
De modo parecido no todos los penalistas -pueden alegremente matricularse en los desagradables epítetos de ¨ tramposos ¨, ¨ ladrones ¨, leguleyos, etc.
Si se tratara de ser equitativos, algún porcentaje de administradores de justicia, catedráticos, tratadistas, abogados ejercitantes y estudiantes de derecho constituyen un honor para la decaída profesión abogadil.
Cada uno en su ciencia sabrá a qué subespecie de las aquí expuestas pertenece y se mueve hacer una clasificación, señores lectores, más aún con el ánimo de autocrítica que un deseo de ofender la augusta imagen de la justicia o la bella profesión de la Abogacía.

Los maestros

Existen a nivel universal y en plano nacional. Son aquellos que han trascendido a la historia por sus grandes obras, pletóricas de sabias enseñanzas. Son los oráculos del Derecho Penal. La luminarias del Derecho en materia – repito- Penal. Los grandes pensadores y cultores de las disciplinas jurídicas penales; son faros obligados de quien incursiona en esta disciplina. Los maestros ha sido, sobre todo, artistas del Derecho Penal; creadores en el sentido estricto de la palabra.
Pensadores de dimensiones humanísticas inconmensurables. Son aquellos personajes que suelen llamarse epónimos, porque le dan nombre a una época. Generalmente crearon escuelas, diseñaron tesis y sentaron conceptos depurados ya en sus enseñanzas como en la forma de actuar ante los tribunales de nuestro país.

Verdaderos maestros

Maestros universales fueron Carrara, Ferri, Raneire, Liménes de Azúa, y otros que se me escapan. Sus enseñanzas nutren, como inagotable cantera, los conocimientos de los modernos penalistas.
Al interior del Ecuador también han surgido verdaderos maestros de la talla de Zavala Baquerizo, Zambrano Pasquel, Durán Díaz, Torres Chávez, Fabián Guido Flores, Fernando Casares Carrera, Milton Román Abarca, Jorge Andrade Lara y otros que son verdaderos maestros y jurisconsultos de esta disciplina del Derecho.
Esencialmente los maestros tienen vena creativa sui generis, sustraídos al deseo mezquino de enriquecerse con el Derecho Penal, y viven al servicio de una causa filosófica y jurídica.
Cada día surgen maestros, en la medida que se desvanecen los valores espirituales y la sociedad se pierde en la vorágine del consumismo y los seres luchan despiadadamente en el mundo de la desenfrenada competencia.
La crisis general de la sociedad afectada inexorablemente todas las capas del tejido social y la administración de justicia, el ejercicio profesional del derecho y las enseñanzas de las leyes, no son inmunes al deterioro y desprestigio.

Los docentes

Antes en anteriores artículos para este diario periodístico, ya señale la carencia de metodología de enseñanza del Derecho que existen en nuestro país. Pero profundizó aún más, sobre el tema. Quisiera que las Facultades de Jurisprudencia del Ecuador tuvieran en su claustro, enseñando a los maestros.
Actualmente quienes se dedican a la enseñanza de las leyes y de los códigos, antes que el derecho son en un gran porcentaje, profesores mal preparados, pésimamente remunerados y, en algunos casos, endiosados o temidos por los alumnos.
En varias Universidades existen los llamados ¨ profesores taxistas ¨ por cuanto se dedican a la cátedra hora y se emplean en distintos centros docentes a la vez. De hecho, el rendimiento académico no es óptimo en estas condiciones.
Normalmente su labor docente se circunscribe a repetir mecánicamente una ley, un artículo o un parágrafo. Su material didáctico es un Código que gozan al margen de la correspondiente disposición. Usualmente son Abogados que llevan muchísimos años repitiendo lo mismo, ¨ descrestando ¨ cuando no rajando, alumnos pésimamente informados, poco investigadores, nada creativos. Se les conoce más en los claustros más por lo añejos en el cargo que por sus conocimientos. Se les tiene miedo antes que respetárseles por su sabiduría. Es decir los llamo profesores de tercera.
Estos seudoprofesores necesariamente dedican a formar modestos técnicos en Derecho y no verdaderos profesionales jurídicos quienes más tarde forman un proletariado jurídico que, a fuerza de desempleo, se van forzados a ejercer pésimamente la abogacía, a aceptar algún empleo o ubicados en puesto oficiales mediocres, ajenos a su conocimiento.

La enseñanza

La radiografía de la enseñanza del Derecho aquí reseñada pudo evidenciarse en la experiencias que tengo ya como Fiscal o como Juez, la manera como los abogados litigan, sus quejas. Creyendo dichos colegas que escribiendo groserías en sus escritos van a ganar el litigio. Y no es así, el abogado debe plantear al administrador justicia tesis enmarcadas en la norma legal y enseñándole cada día más al Magistrado, mandándole a consultar y a estudiar más, para poder administrar justicia. De mi experiencia considero, que el mejor abogado es el que menos se queja y el que más estudia. Por lo tanto hace falta profundidad jurídica, la miseria jurídica, la pobreza de argumentos en alegatos, autos y sentencias no es sino la lógica consecuencia de una formación paupérrima del alumno en la Escuela de Derecho.
Si falla la base de la pirámide es lógico suponer que esta se derrumba. No podemos los ecuatorianos aspirar a tener óptimo abogados ejercitantes y administradores de justicia mientras no sea resuelto el problema de las facultades de leyes, convertidas hoy en día en verdaderos centros regentados por mercachifles de la educación.
Se insiste que dentro del núcleo profesoral existen algunos docentes que se salen del molde diseñado por un gran número de ellos, no hay que desconocer el trabajo y la investigación que realizan algunas Universidades mediante el esfuerzo personal de ciertos juristas. Pero infortunadamente hay que decirlo: son golondrinas que no hacen verano. Destacable su labor pero queda perdida en la maraña de la superficialidad académica.

Los penalistas por necesidad

Indudablemente que el competitivo mercado profesional impele a los abogados recién egresados y, en ocasiones a los veteranos, a ejercer en el área del Derecho Penal por necesidad, no por vocación. Son los profesionales refugiados económicamente en esta disciplina. Acepta un poder o un cargo pensando en la subsistencia antes que en el sacerdocio jurídico.
La necesidad material de sobrevivir se impone al llamado vocacional. Prima la manutención sobre el amor por la profesión.
En estas desfavorables condiciones se crea un clima para que emerjan, con peligro, ejercitantes ineptos, resentidos y envidiosos.

Seudo penalistas

El penalista por necesidad es en realidad un seudo penalista, o sólo lo es de nombre. En consecuencia, al asumir la defensa de un imputado carece de erudición, de experiencia, de sólidos conocimientos, y lo que es peor, de mística, presentando en la mayoría de los casos alegatos carentes de lógica, sentido común, y contrapuestos al más elemental sentido de justicia.
Al desconocer la ley y no ser versado en el manejo de las pruebas, no encuentra una salida favorable para los intereses del reo.
Confunden al Juez porque él mismo está confundido. Engañan al justificable ya que sólo sabe darle respuestas vagas e imprecisas de su lío judicial. Generalmente deja escapar atenuantes muy favorables al acusado o implora la imposición de una pena injusta al no acertar en el diagnóstico jurídico. A veces perjudican a su cliente más que velar por sus intereses favorables. Por regla general pertenecen aquellos profesionales de los que suele el cliente decir: ¨ El abogado me robó y no hizo nada ¨. Es posible que no hurte al poderdante, pero esta clase de abogados causan más perjuicios al detenido o procesado que si carecieran de defensor. No es raro encontrar en ellos uno que otro prepotente, terco y obstinado.
Desafortunadamente el círculo vicioso se forma a partir de un abogado que es poco erudito es mal preparado, pésimamente remunerado y pendiente de supervivir. No se preocupa por investigar y formarse adecuadamente