Por: Fundación Hacia La Seguridad – Imperio de la Ley

D E ACUERDO CON EL DOCTOR Edgar Terán, presidente de la Fundación Hacia la Seguridad-Imperio de la Ley, la Policía es el órgano natural para la conservación de la Seguridad Pública. Sin embargo en el país no se lo está cumpliendo. De acuerdo con Terán, aquello de que la propia Policía le diga a la ciudadanía «oigan cooperen, ármense, hagan brigadas» en definitiva «hagan lo que no hacemos» es una de las aberraciones sociales mas conmovedoras. La Policía está muy mal concebida y muy mal organizada, si la sociedad no comprende que hay que reorganizarla, la seguridad pública nunca tendrá remedio, comentó el jurista. La urgencia de una reforma de la Policía Nacional, fue el tema principal del programa Justicia para Todos del domingo pasado.

Una ley absurda

La Policía tiene, en Ecuador, una ley dictada en el año 1998, que la convierte en persona jurídica, autónoma, distinta del Estado. Como autónoma no obedece a nadie y no da cuentas al poder Ejecutivo. La sociedad no puede tolerar que este estado jurídico de la Policía continúe, la Policía tiene que hacer lo que la Constitución dice: ser parte de la Fuerza Pública, que se debe al Estado, no a la jerarquía, no a la cúpula, no a los intereses gremiales, comentó Terán. El jurista recordó que tenemos ya 6 años de vigencia de esa ley, tan absurda, y el resultado es una Policía Nacional que camina sola.

Una segunda cosa intolerable, según Terán, es la organización policial que es de tipo militar. «En ninguna parte del mundo los policías son soldados, ni tienen la actitud autoritaria, y de espíritu de cuerpo y violenta del soldado. Pero en Ecuador los soldados tienen la formación militar, los grados militares, las jerarquías militares, los privilegios militares. La Policía ecuatoriana debe convertirse en lo que era, una Policía Civil Nacional», manifestó.

En tercer lugar, la ley le asigna al cuerpo policial funciones administrativas que jamás debería desempeñar.

Las tareas de burócratas de migración tienen que hacerlas los empleados de la Cancillería.

Las tareas de informática jurídica, que la Policía hace tan mal, como los registros para el récord policial, aquello con lo que impiden a la gente salir del país con frecuencia, no tiene porque hacerlo la Policía. Esto se debe hacer a través de empresas particulares, conocedoras de la informática.

También son incompetentes al manejar los asuntos migratorios y la extranjería, la falta de elemental consideración en el trato mismo.

Además qué hace la policía manejando la matriculación vehicular. En Estados Unidos o en muchos otros países se compra uno el vehículo y sale con la matricula. En cambio, en Ecuador comienzan las matrículas cuando hay especies, en el mes de febrero.

El manejo del tránsito por la Policía no puede ser más lamentable. Este se lo hace en contubernio permanente con los que envenenan el ambiente, con los criminales choferes de buses.

¿Qué tiene que ver la Policía con cobrarnos tasas para dar permisos de salida del país? Los ciudadanos tenemos el derecho a salir y entrar libremente.

De acuerdo con Terán, además del malestar general por las funciones burocráticas mal cumplidas, esta situación deja ver que los policías están ocupados en estas tareas, en vez de estar en la calle, vigilando.

La Policía de investigación tiene que ser mandada por la Ministro Fiscal y no por el Comandante General de Policía. Por ello, ocurren situaciones como que el señor que esta investigando un caso, hace de piloto de helicóptero, para el señor Villa. Terán reconoció que hay muchísimos policías bien formados, honestos, heroicos, pero la organización es malvada, la organización es anti social, no es pro sociedad, dijo.

Burós atentan contra derechos

Los efectos negativos de una resolución de la Superintendencia de Bancos sobre la actuación de Burós de crédito, fueron advertidos por el doctor Terán, durante el programa del domingo. Aseguró el jurista que este sistema, que está vigente desde diciembre de 2002, beneficia a los banqueros quienes, mandan, en función de su interés, a que se difundan determinadas informaciones. Eso les ahorra costos en la concesión o no de créditos. Dijo además que este sistema está inventado por gente interesada en saber cuán buen pagador es alguien, pero además en saber aspectos de la vida y la información y de los archivos públicos, que son una brutal amenaza para la gente.

Al realizar un análisis jurídico más profundo, Terán indicó que esta resolución viola dos derechos constitucionales, uno el derecho a la reserva, pues el ciudadano tiene derecho a que se manejen con reserva los datos de su vida económica, no simplemente sobre lo que deposita en los bancos, sino la información que deposita en todos los archivos públicos. Y en segundo lugar, la Constitución garantiza el debido proceso y el derecho al buen nombre. «A nadie pueden considerarle deudor o mal deudor mientras no hay una sentencia judicial que lo diga, mientras no hay definición del derecho», dijo.

También criticó el hecho de que en este sistema está incluido el pago de la planilla telefónica, hasta lo que el Municipio o el Servicio de Rentas o las Aduanas dicen sobre los créditos. Para Terán, este es un candado, una mordaza más al sistema bancario: «no es un estímulo, no es una seguridad para el sistema bancario, este es un método hitleriano, dictatorial que arrasa con los derecho de la gente, y todo esto se hace a espaldas del interesado».

Sin embargo, advirtió Terán, que la ley de comercio electrónico añadió varios artículos al Código Penal. Uno de esos dice «obtención y utilización no autorizada de información: la persona o personas que obtuvieren información sobre datos personales para después tenerla, publicarla, utilizarla o transferirla a cualquier titulo, sin la autorización de su titular o titulares, serán sancionadas con penas de prisión de 2 meses a 2 años y multa de 1.000 a 2.000 dólares de los Estados Unidos de América».

Por lo tanto, de acuerdo con el jurista, este sistema provoca un delito, castigado por el Código Penal. «Las autoridades mal llamadas de control, no tienen la reflexión ni el conocimiento suficientes para entender que no pueden jugar así con los derechos de la gente, y para darse cuenta que están vendiendo un delito. Ellos dan patentes, autorizan a vender y a hacer negocio con eso», aseguró.

De acuerdo con el jurista, es necesario que exista investigación sobre el crédito, pero ese análisis debe comunicarse a las personas, no puede hacerse a espaldas de los investigados. Dijo además que esos análisis de crédito no pueden incluir la interacción de una red de archivos malvados, de archivos públicos interesados y tortuosos porque eso distorsiona absolutamente la realidad de la potencialidad crediticia de una persona.

Adicionalmente, si se regula esta materia tan delicada, no lo puede hacer una resolución de un Superintendente de Bancos. Esto tiene que estar en una ley, legislada por congresistas. Aconsejó, además que el Defensor del Pueblo intervenga para eliminar la vigencia de esto.

Como último punto, que prueba el atropello de esta resolución, comentó Terán que el Buró ni siquiera debe probar que está en lo cierto, el Buró simplemente tiene que comprobar la fuente de la información, pero si la fuente de la información está corrompida o es falsa, eso no es responsabilidad del Buró. Es decir, no hay sanción alguna a parte de la obligación de corregir la información equivocada. No existe posibilidad de indemnización.

Informe sobre la AGD

La Contraloría está haciendo una auditoria a la AGD, que comprende al periodo 2000 – 2003, desde marzo hasta septiembre. La auditoria comprende el análisis de todas las cuentas, de los contratos que la AGD ha celebrado en ese lapso, el análisis de los inventarios, de todas las compras y ventas y, en general, el análisis del funcionamiento de la entidad.

Terán recordó, que cuando la actual titular de la AGD comenzó su tarea escandalizó al país con un procedimiento absolutamente anticonstitucional e ilegal, el de «incautar» los bienes de presuntos deudores, presuntos porque no estaba comprobada la existencia de la obligación no tenían los papeles listos, nada estaba ordenado para poder iniciar una acción.

Además, Salgado tomó una serie de medidas cautelares inventadas por ella. Fue una avalancha de actitudes anticonstitucionales e ilegales y procesalmente se dio el absurdo infinito de que mediante una sola providencia, un solo documento judicial de ella como agente cobradora como juez de coactivas, inició enjuiciamiento contra miles de personas al mismo tiempo, en el mismo proceso, cosa que naturalmente no se puede hacer. La inseguridad jurídica que esto creo fue brutal, dijo Terán.

De acuerdo con el jurista, después de que presenten su defensa la titular de la AGD y el abogado que le patrocina en estos cobros, el Contralor decidirá eso es la parte de responsabilidad civil, si tiene que devolver o no dineros públicos. Además puede desprenderse responsabilidad penal y entonces el Contralor tendrá que dirigirse a la Fiscalía.

Mientras tanto, Terán repasó los datos que ha señalado en su informe la Contraloría:

Se ha logrado que sean pagados 3.578 clientes por un monto de 26´713.000 dólares. Pero están impagos 455.797 clientes a los que les debe la AGD 1.326´998.062 dólares.

Se han hecho 61 incautaciones (aunque según la Constitución no se puede incautar) sobre deudas totales de 38´000.000 y han recuperado a través de todas esas incautaciones, después de toda esa bulla después de todo ese desorden 243.550 dólares. Esto quiere decir, según Terán, que han recuperado menos de los gastos hechos en el escandaloso proceso.

Se indica que han recuperado con embargos 116 embargos, por 75´000.000 de dólares, pero el abogado contratado dice que él no tiene cifras registradas.
Dice el informe de Contraloría del auditor, que los bienes que se reportan como incautados y embargados al 30 de septiembre no tienen avalúos ni se encuentran contabilizados.

Dicen que 2 empresas incautadas no entraron como tenían que entrar en un fideicomiso que la ley obliga, el artículo 29 de la ley obliga a entrar a un fideicomiso, sino que se vendieron directamente sin registro contable por 191.000 dólares.

Dice que el contrato con el abogado no tuvo concurso, que la oferta del abogado decía que él se encargará de los gastos mientras que el contrato que hicieron después de la oferta, la AGD asumió los gastos. Los gastos valen más de medio millón de dólares, lo recuperado como lo veíamos antes no pasa de 243.000.