Autor: Marco Vinicio Gárate Abad.

Introducción:

El abuso sexual de menores se refiere a cualquier conducta en el que una niña o niño es usado como un objeto sexual por parte de otra persona con una relación asimétrica[1], con la influencia de factores como edad, poder, en la que se bloquea toda posibilidad de relación libremente consentida.

Las conductas abusivas que usualmente utiliza el perpetrador son impositivas y pueden envolver un contacto físico, o estimulación sexual del agresor (exhibicionismo) no siendo fácil para la victima determinar el episodio como real, hechos que se dan por lo general en un entorno privado o en la familia.

El abuso sexual en niños y niñas, se considera como una forma de violencia sexual que atenta contra su integridad y dignidad. Las víctimas suelen ser más frecuentemente mujeres que hombres, situada en una edad promedio de 6 y 12 años. En el caso del abuso sexual, se habla de que el agresor tiene una mayor madurez psicosexual.

Tipos de abusos

En gran parte el abuso sexual infantil suele cometerse por familiares (padres, hermanos, primos, etc.) o por personas cercanas a la víctima (profesores, entrenadores, tutores, sacerdotes etc.) Los agresores continuamente muestran una insatisfacción sexual, viéndose tentados a buscar en sus presas una satisfacción sexual. Los agresores pueden manifestar ciertas distorsiones cognitivas[1] para justificarse ante ellos mismos de esa conducta repudiable.

Existen múltiples tipos de violencia sexual, en las que podemos decir que ninguna es menor o mayor, todas son consideradas repudiables, las más comunes son:

1.) Por parte de su cónyuge a su pareja. En estos casos el agresor suele creer poseer un cierto derecho a disponer sexualmente de su pareja, ignorando la opinión y el consentimiento de ésta al respecto.

2.) Agresión sexual a individuos con alteraciones de consciencia. Este tipo de violencia está vinculado a ciertos estados en el que el sujeto sexualmente agredido no se encuentra en condiciones de dar o no su consentimiento por no tener conciencia, esto generalmente ocurre cuando la víctima duerme, se encuentra recuperándose de cierta enfermedad, uso de substancias (incluyendo alcohol y drogas) con el fin de alterar el nivel de conciencia de la víctima y consumar el acto aprovechándose de dicha alteración.

3.) Agresión sexual infantil, aquella en la que nos estamos enfocando en el estudio. Se considera aquella violencia en la que un menor es utilizado como un objeto sexual por parte de un adulto aprovechándose de ese ejercicio de poder. Generalmente se da en un entorno familiar, en ciertas ocasiones se utiliza la fuerza ya que el menor al ser inconsciente del hecho, lo que más utiliza el perpetrador es manipulación.

4.) Agresión sexual a personas con discapacidad. Debido a su capacidad reducida el agresor puede encontrar mayor facilidad para cometer dicha vulneración, sin tener que forzar una relación sexual. El más frecuente se da en personas con discapacidad intelectual

5.) Agresión sexual a ancianos. Otro grupo de vulneración son las personas con edad avanzada, son una población a la que algunos violadores pueden tener fácil acceso y pueden ser más dominados a nivel físico.

6.) Agresión sexual como delito de odio. Este tipo de agresión sexual incorpora un componente de odio o desprecio hacia dicho colectivo. Ejemplos de ello se puede encontrar en la violencia sexual contra mujeres, o contra individuos pertenecientes a minorías étnicas.

7.) Acoso sexual. Se debe tener en cuenta que este tipo, el agresor provoca en la victima cierto miedo, inseguridad o angustia afectando su desarrollo habitual. En este tipo de conductas se incluye solicitud de relaciones sexuales, tocamientos, aproximaciones, promesas o realización de favores a cambio o con intención de forzar relaciones o uso de coacción directa o indirecta. Suele producirse con mayor frecuencia en ambientes académicos o laborales. En nuestro ordenamiento jurídico penal se encuentra tipificado en el Art. 166 del Código Orgánico Integral Penal. [2]

Descubrir el abuso sexual.

Las conductas que empañan el abuso sexual tienden a mantenerse en secreto. Cientos de factores pueden influir para este ocultamiento: por parte de la víctima el temor a no ser creído, miedo a la familia, vergüenza, rechazo social, incluso el miedo a posibles sanciones legales. El abuso sexual sale a la luz luego de un tiempo prolongado que puede ser meses e incluso años de los primeros incidentes. Indicadores mundiales manifiestan que 1 de cada 5 niños son víctimas de abuso sexual, que entre el 70% y el 85% el abuso sexual es intrafamiliar, que el 85% de los casos de abuso sexual infantil no se desvela o lo hará tiempos después, que el lugar más habitual en abuso intrafamiliar es en casa de la víctima o del abusador, la mayoría de los niños no revelan haber sido abusados, incluso si se les pregunta, más del 30% de las víctimas nunca revelan la experiencia a nadie.

Debemos tener en cuenta que el abuso sexual de niños es cualquier interacción entre el niño y el adulto, en el que el niño es usado para estimulación gratificante del agresor. El abuso puede incluir contacto físico e incluso puede darse el abuso sin contacto alguno (exhibicionismo). Las señales para detectar del abuso son muchas, las más frecuentes son: cambios en el comportamiento o calificaciones de la escuela, problemas de aprendizaje, esta alerta de o vigilante como si algo malo fuese a ocurrir.

Secuelas emocionales en las víctimas de abuso sexual

Las primeras etapas del abuso suelen no ser conscientes, así como tampoco el alcance o grado de afectación. Pueden existir consecuencias a corto plazo, como consecuencias psicológicas negativas, generalmente las victimas suelen presentar trastornos ansioso depresivos, dificultades inespecíficas de socialización; y, otras a largo plazo que son menos frecuentes y más difusos que las secuelas iniciales, pero pueden afectar a la víctima, los más comunes son: alteraciones de carácter sexual, disfunciones sexuales, depresión, trastorno de estrés postraumático, así como un control inadecuado de la ira.

En ocasiones, la respuesta de los padres ante la revelación del abuso puede ser más intensa que la del propio niño. El principal error que cometen los padres es no creer a un hijo víctima de abuso. La gran mayoría de niños que han sido abusados sexualmente lucen normales. Entonces los padres los tachan de mentirosos y eso los pone en una situación de mayor vulnerabilidad. El perpetrador le ha dicho al niño «si dices algo nadie te lo va a creer», y luego la familia lo corrobora. En el abuso sexual infantil es muy importante cómo responde la familia.

Consecuencias Jurídicas del abuso sexual en nuestro país.

Alguien que es acusado de abuso sexual infantil enfrenta ciertas sanciones y penas, en función de varios factores, como la edad del niño, circunstancias el hecho, entre otros. De los pocos procesos instaurados en los juzgados, las sentencias generalmente son complejas para todos los involucrados por lo delicado del tema a tratar.

En la legislación actual encontramos en nuestra constitución en el Art. 66, numeral 3 “derecho a la intimidad personal”, que incluye integridad física, moral y sexual. Una vida libre de violencia en el ámbito público y privado, en especial la ejercida contra las mujeres, niñas, niños y adolescentes. El numeral 20 de este mismo artículo reconoce “El derecho a la intimidad personal y familiar”.

En el Código Orgánico Integral Penal tipifica al Abuso sexual, en el Art. 170 “La persona que, en contra de la voluntad de otra, ejecute sobre ella o la obligue a ejecutar sobre sí misma u otra persona, un acto de naturaleza sexual, sin que exista penetración o acceso carnal, será sancionada con pena privativa de libertad de tres a cinco años.

Cuando la víctima sea menor de catorce años de edad o con discapacidad; cuando la persona no tenga capacidad para comprender el significado del hecho o por cualquier causa no pueda resistirlo; o si la víctima, como consecuencia de la infracción, sufra una lesión física o daño psicológico permanente o contraiga una enfermedad grave o mortal, será sancionada con pena privativa de libertad de cinco a siete años. Si la víctima es menor de seis años, se sancionará con pena privativa de libertad de siete a diez años.”

El Código Orgánico de la Niñez y Adolescencia también habla sobre el abuso sexual en el Artículo. 68. “Concepto de abuso sexual. Sin perjuicio de lo que dispone el Código Penal sobre la materia, para los efectos del presente Código constituye abuso sexual todo contacto físico, sugerencia de naturaleza sexual, a los que se somete un niño, niña o adolescente, aun con su aparente consentimiento, mediante seducción, chantaje, intimidación, engaños, amenazas, o cualquier otro medio. Cualquier forma de acoso o abuso sexual será puesta en conocimiento del Agente Fiscal competente para los efectos de la ley, sin perjuicio de las investigaciones y sanciones de orden administrativo que correspondan”

Como ámbito de protección encontramos en el Código Orgánico de la Niñez y Adolescencia Art. 73 “Deber de protección en los casos de maltrato. Es deber de todas las personas intervenir en el acto para proteger a un niño, niña o adolescente en casos flagrantes de maltrato, abuso sexual, tráfico y explotación sexual y otras violaciones a sus derechos; y requerir la intervención inmediata de la autoridad administrativa, comunitaria o judicial.

Conclusiones

  • El abuso sexual en la infancia es abominable porque se supone que la niñez es la etapa más feliz, invisible porque se comete aprovechando la soledad y el engaño, las consecuencias de vivir abuso sexual son numerosas y perduran toda la vida.
  • Los resultados del abuso sexual pueden ser a corto plazo devastadoras en especial en el funcionamiento psicológico, sobre todo cuando el agresor es miembro de la familia. Las consecuencias a largo plazo son inciertas, pero no dejan de ser considerativas
  • Desde este ámbito realizar una evaluación rápida tiene una gran relevancia para impedir la continuidad del abuso, por otro lado, el testimonio de la víctima desempeña un papel esencial en estos casos tomando en cuenta muchas veces la corta edad, la capacidad de fabulación y la posible distorsión de la realidad.
  • Todos debemos cooperar en poner un freno al abuso sexual infantil, como debemos hacer: conociendo los hechos, los padres somos responsables de nuestros hijos y somos los que debemos estar siempre alerta, ya que la mayoría de abusos sexuales infantiles son realizados por miembros de la familia.
  • Conozcamos a las personas con quien nuestros hijos van a compartir, hablemos con ellos sobre el tema, los niños suelen mantener en secreto, los perpetradores tratan de confundir al niño tratando de hacerle sentir culpa, al hablar con nuestros hijos utilicemos un dialogo acorde para la edad que rompa esa barrera del silencio.
  • Actuemos cuando sospechemos, las sospechas pueden ser la oportunidad para salvar alguien de esta horrible agresión, y por ultimo involucrémonos en organizaciones que luchen contra el abuso sexual de menores.
  • El silencio es nuestro peor enemigo.

[1] Las distorsiones cognitivas son esquemas equivocados de interpretar los hechos que general múltiples consecuencias negativas; alteraciones emocionales como consecuencia de la perjudicial creencia en los pensamientos negativos, conflictos en las relaciones con los demás donde es posible que las interpretaciones erróneas generen conflictos, o en la manera de ver la vida dando lugar a una visión simplista y negativa.

[2] Art. 166. Acoso sexual.- La persona que solicite algún acto de naturaleza sexual, para sí o para un tercero, prevaliéndose de situación de autoridad laboral, docente, religiosa o similar, sea tutora o tutor, curadora o curador, ministros de culto, profesional de la educación o de la salud, personal responsable en la atención y cuidado del paciente o que mantenga vínculo familiar o cualquier otra forma que implique subordinación de la víctima, con la amenaza de causar a la víctima o a un tercero, un mal relacionado con las legítimas expectativas que pueda tener en el ámbito de dicha relación, será sancionada con pena privativa de libertad de uno a tres años.