Voto ponderado en la ?LOES?
de Ecuador

Autor.
Abg. Juan Gabriel Álvarez Rivera

??tenemos el derecho a ser iguales cuando las
diferencias nos hacen inferiores, nos interiorizan, y tenemos el derecho de ser
diferentes cuando las igualdades nos descaracterizan.?

Antecedentes
Históricos.

A manera de introducción, reconociendo que la
realidad es poliédrica y asumiendo un prisma particular en la historia, se
podría afirmar que la herencia de la Revolución Mexicana de 1910, el plus
movilizador de la Revolución Rusa de 1917, el contexto de la Primera Guerra
Mundial, la transición hacia el siglo XX y muchos más elementos adicionales,
configuran los vientos que moverían, hacia otros rumbos, la flota de la
humanidad.

Los barcos de la educación y principalmente la
nave universitaria de nuestra América, replantearía su curso de la mano del
movimiento reformatorio de Córdova de 1918, el cual para muchos representa: ?El
primer cuestionamiento serio de la Universidad latinoamericana?3, aquel: ??
respondió a un proceso muy amplio e intenso de agitación social. Cambios en la
correlación internacional de las fuerzas político- económicas, derivados de la guerra, y cambios
internos, vinculados con la expansión del capitalismo en América Latina??

4 . En aquel contexto, el
movimiento reformatorio de Córdova se convertiría en una ola expansiva dentro
del continente, ?El primer país donde repercutió el afán reformista fue Perú
(?) en 1919, los estudiantes de San Marcos acogieron el ideario de la Reforma??5
, aquello confluiría en la creación de las Universidades Populares González
Prada y ??la Alianza Popular Revolucionaria Americana (APRA), que por algunas
décadas representó la vanguardia del pensamiento político latinoamericano y de
la postura antiimperialista.?6 ; para señalar algunos ejemplos Chile se
incorpora a la ola de la reforma en 1920, Colombia en 1922, Cuba en 1923,
Paraguay en 1927, Venezuela, Bolivia y Brasil en 1928; y a partir de 1931
Puerto Rico, Ecuador y América Central.

El movimiento de Córdoba,
refiriéndose a la situación universitaria de aquel entonces, en su manifiesto
afirma: ?Las Universidades han sido hasta aquí el refugio secular de los
mediocres, la renta de los ignorantes, la hospitalización segura de los
inválidos y ?lo que es peor aún? el lugar donde las formas de tiranizar y de
insensibilizar hallaron la cátedra que las dictara?? 7 , aquella realidad aún
presente en varias latitudes, determinaría las líneas de acción del movimiento
de reforma.

Luis Alberto Sánchez considera que existen
ocho 8 postulados que definen el movimiento de reforma universitaria, Darcy
Ribeiro establece diez 9 , Augusto Salazar Bondy los sintetiza en cuatro 10; y,
en un ejercicio de abstracción en relación con la influencia que han tenido en
la configuración de la universidad Latinoamérica, Carlos Tünnermann los resume
en: ?a) los relacionados con la organización y gobierno de la Universidad; b)
los vinculados con la enseñanza y métodos docentes; c) los referentes a la
proyección política y social de la Universidad.?11 .

Siguiendo la clasificación
propuesta por Tünnermann, en referencia al literal a), el autor determina dos
conquistas clave: ??la autonomía y el cogobierno universitario??12. El
cogobierno es para muchos autores la reivindicación más importante por
significar un gobierno colectivo. Gabriel del Mazo, uno de los reformistas que
más resalta el cogobierno universitario, reconociendo la indudable
justificación histórica, encuentra en él ??la manera de superar orgánicamente
la crisis dialéctica de las generaciones y de garantizar, sin quebrantarla, la
permanente renovación de la Universidad?13. Parafraseando al autor citado la
soberanía de la universidad reformista, radica en el la comunidad
universitaria, aquello constituye la garantía de su renovación constante
principalmente por la acción de los representantes estudiantiles. En definitiva
para él, la Universidad debía ser la República de Estudiantes.

Ley
Orgánica De Educación Superior

El contexto histórico propuesto, con relación
al grado de participación de dos estamentos históricos de la comunidad
universitaria14 en las elecciones de las máximas autoridades de ??universidades
o escuelas politécnicas públicas y particulares?15 dista de la realidad vivida
y por vivirse a efecto de los artículos 57 y 58 de la Ley Orgánica de Educación
Superior de Ecuador promulgada el 12 de octubre de 2010 mediante Registro
Oficial Nro. 298, pues pese a que la referida Ley reconoce el principio de
igualdad de oportunidades16 en las elecciones de las máximas autoridades, la
práctica refleja desigualdad en relación al estamento estudiantil y al
estamento de trabajadores servidores17, lo analizaremos en un ejemplo
hipotético.

Consideremos que en una universidad (x)
existen 1000 estudiantes (e), 11718 profesores titulares (p); y, 150 servidores
y trabajadores19. (t). A la luz de los datos presentados simularemos una elección,
considerando los artículos 57 y 58 de la Ley Orgánica de Educación Superior.

Imaginemos que los 1,000
estudiantes (e) votan por la lista (A), y los 150 servidores y trabajadores (t)
también; significaría que dos de los tres estamentos han expresado el apoyo
absoluto a la lista A, sin embargo consideremos el artículo 57 de la Ley
Orgánica de Educación Superior20 asignando el mayor peso porcentual posible al
voto estudiantil, los 1000 votos estudiantiles equivaldrían 29.221 votos de
profesores. En el caso del artículo 58 de la misma Ley22, considerando el mayor
porcentaje posible, los 150 votos de las y los trabajadores y servidores,
equivaldría a 5.823 votos de profesores. En suma los votos del estamento
estudiantil y el de los trabajadores-servidores equivalen a 35 votos de los
profesores.

En definitiva, en el ejemplo propuesto, dos de
los tres estamentos universitarios suman 35 votos mientras que el estamento
profesores conserva 117 votos, es decir los dos estamentos representan un
23,03% de la masa de votos ponderados mientras que el estamento restante
representa el 76,97%. En ese contexto para poder ganar las elecciones, la Lista
A requeriría además de ganar de manera absoluta en los demás estamentos, 59
votos del estamento profesores (p) evidenciando que la pretendida
proporcionalidad estamentaria de la universidad ecuatoriana, termina generando
una desigualdad en los mismos, pues aun cuando se produzca un incremento
significativo de miembros en el estamento estudiantil o de
trabajadores-servidores, aquello no modifica el predominio del estamento de
profesores.

En aquel contexto, se
presentan dos tendencias que reflexionan sobre (1) la igualdad en los
estamentos universitarios y (2) la igualdad de los miembros de la comunidad
universitaria.

Tendencia
del voto estamentario igualitario.

Esta tendencia propone que los tres estamentos
universitarios tengan un voto igualitario, es decir, en el ejemplo propuesto
anteriormente, los tres estamentos estaría acreditados con 100 votos cada uno,
así: estamento estudiantil 100 votos, profesores 100 votos; y,
trabajadores-servidores 100 votos; con un total global de 300 votos. Siguiendo
en el ejemplo, si los estamentos estudiantil y trabajadores-servidores
consignaran su voto de manera absoluta24 a la Lista A, significaría que la
referida opción electoral contaría con 200 votos. Como puede deducirse de los
ejemplos, en esta tendencia no existe estamento hegemónico, siendo posiblemente
la tendencia que mejor refleja y garantiza el principio de igualdad en las
elecciones de máximas autoridades. Aquella perspectiva en algunos casos es
cuestionada por el estamento estudiantil, debido a que la naturaleza misma de
las universidades hace que tendencialmente las y los estudiantes sean mayoría
en relación a los demás estamentos.

Tendencia
del voto individual igualitario

Esta perspectiva parte de la premisa que
considera que los estamentos no representan orgánicamente las decisiones de
cada uno de los individuos que los componen, de esa manera se propone el voto
individual igualitario25 por cada uno de los integrantes de la comunidad
educativa, sin distinción ni proporcionalidad en el cálculo de resultados, de
esa manera; en relación al ejemplo propuesto si en la Universidad (x) existen
1000 estudiantes (e), 117 profesores titulares (p); y, 150 servidores y
trabajadores (t), el total de votos a ser contabilizados sería de 1267, es
decir los sujetos de derechos que constituyen los estamentos son vistos de
manera individual, sin perjuicio de que en la conformación del cogobierno se
respeten sus porcentajes legales establecidos para cada uno de los estamentos.

A
manera de cierre y parafraseando a Boaventura de Sousa Santos es momento de
exigir, demandar y garantizar el derecho a ser iguales (estamentos o miembros
individuales de la comunidad universitaria), pues los artículos 57 y 58 de la
Ley Orgánica de Educación Superior lejos de la proporcionalidad deseada han produciendo
desigualdades, subsumiendo el estamento estudiantil y el estamento de
trabajadores servidores al estamento de profesores, así, la pretendida
proporcionalidad con relación a las elecciones de máximas autoridades
universitarias termina sacando del juego electoral al estamento estudiantil y
el estamento de trabajadores-servidores. Lo desarrollado sin intención alguna
de presentarse como alternativas únicas, pretende colaborar al gran debate
nacional sobre educación superior en el marco de la perfectibilidad de las
obras humanas.

Referencias
bibliográficas
.

Asamblea Nacional. Ley Orgánica Electora,
Código de la Democracia, R.O. 578 § (2009).

Asamblea Nacional del Ecuador. Ley Orgánica de
Educación Superior, R.O. 298 § (2010).

Bondy, Augusto Salazar. «Reflexiones sobre la
Reforma Universitaria». Actual Investigación 0, n.o 2 (1): 39-46.

Consejo de Evaluación,
Acreditación y Aseguramiento de la Calidad de la Educación Superior. «Modelo de
Evaluación Institucional de Universidades y Escuelas Politécnicas». Quito,
septiembre de 2015.

Santos, Boaventura De Sousa. «Epistemología y
Feminismo.» Utopía y Praxis Latinoamericana 2, n.o 2 (1997): 115-21.

Tünnermann Bernheim, Carlos.
Noventa años de la reforma universitaria de Córdoba (1918-2008). 1. ed. Colección
Grupos de trabajo. Ciudad de Buenos Aires, Argentina: CLACSO, 2008